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Concurso de traslados funcionario 2026

9 min de lectura

Uno de los aspectos más valorados por los funcionarios es la posibilidad de elegir su destino a lo largo de la carrera. No con plena libertad, pero sí con un mecanismo regulado que permite moverse dentro de la Administración siguiendo criterios objetivos de mérito y capacidad. Ese mecanismo es el concurso de traslados.

En esta guía explicamos cómo funciona, cómo calcular tu baremo antes de que se convoque y, sobre todo, cómo planificar tu estrategia para conseguir el destino que quieres.

Qué es el concurso de traslados

El concurso de traslados es el sistema de provisión ordinaria de puestos de trabajo para los funcionarios de carrera. Está regulado en el artículo 79 del TREBEP y desarrollado por la normativa específica de cada administración.

A diferencia de otros sistemas de provisión (libre designación, adscripción provisional), el concurso de traslados es:

  • Voluntario: nadie te obliga a participar.
  • Objetivo: se resuelve por baremo de méritos publicado en la convocatoria.
  • Universal: todos los funcionarios de carrera del mismo cuerpo o escala pueden participar, independientemente de su destino actual o comunidad autónoma.

En resumen: El concurso de traslados es la forma de decirle a la Administración “quiero trabajar en este otro puesto” y que la decisión se tome de forma reglada, no por contactos ni discrecionalidad. Quien más mérito acumula, más opciones tiene de obtener su primera opción.

Tipos de concurso

Concurso general

Recoge todos los puestos vacantes de un cuerpo o escala en toda la Administración. Es el más frecuente y el que ofrece más opciones de elección geográfica.

Concurso específico

Para puestos con requisitos singulares que no pueden cubrirse bien por el baremo general (puestos de gran responsabilidad, puestos con exigencias técnicas muy especializadas). Combina el baremo con una valoración de la idoneidad del candidato. Menos frecuente en los cuerpos generales.

Concurso unitario (local)

Convocado por ayuntamientos o diputaciones. Aplica solo al ámbito territorial de esa entidad local. El funcionario que obtiene destino por este concurso solo puede moverse dentro de esa misma entidad.

Cuándo se convocan

No hay una fecha fija. La obligación legal es que se convoquen con periodicidad regular, pero la ley no específica la cadencia exacta. En la práctica:

  • AGE (Administración General del Estado): los concursos generales se publican cada 1-4 años por cuerpo, según el volumen de vacantes y la planificación de recursos humanos. El Ministerio de Hacienda coordina las convocatorias de los cuerpos horizontales (Administrativo, Auxiliar, Técnico).
  • Comunidades autónomas: la frecuencia varía mucho. Algunas (Cataluña, País Vasco) convocan anualmente o bianualmente. Otras van más lentas.
  • Administración local: depende de cada entidad. Los ayuntamientos grandes (Madrid, Barcelona) tienen concursos más frecuentes que los pequeños.

Dónde se publican

  • AGE: Resolución en el BOE (Boletín Oficial del Estado).
  • CCAA: en el boletín oficial de la comunidad (BOCM, BOJA, DOGC…).
  • Local: en el boletín oficial de la provincia (BOP) o en el boletín autonómico.

Puedes suscribirte a alertas del BOE/BOP para tu cuerpo específico y recibir notificación cuando se publique la convocatoria.

El baremo: cómo se puntúa

El baremo es el conjunto de criterios con los que se valoran los méritos de los participantes. Los bloques habituales en la AGE (y similares en CCAA) son:

1. Antigüedad en el cuerpo

Puntuación por cada año de servicios efectivos en el cuerpo o escala desde el que se concursa. Suele ser el bloque con más peso total. Ejemplo: 0,40 puntos por año, máximo 20 puntos (50 años de servicios).

2. Grado personal consolidado

Puntuación basada en el nivel del grado personal que el funcionario tiene consolidado. A mayor nivel de grado, mayor puntuación. Puede suponer entre 2 y 8 puntos según la escala aplicable.

3. Valoración del trabajo desarrollado

Puntuación por el nivel del puesto que se ocupa actualmente. No es lo mismo ocupar un puesto de nivel 14 que uno de nivel 22. Este bloque complementa el grado personal y puede aportar entre 1 y 6 puntos.

4. Cursos de formación y perfeccionamiento

Cursos homologados recibidos o impartidos en el ámbito de la función pública. Cada curso puntúa según las horas y la relación con el puesto. Máximo habitual: 3-5 puntos.

5. Otros méritos (según convocatoria)

Titulaciones académicas adicionales, idiomas (con certificación oficial), publicaciones, premios de la administración, etc.

Ejemplo de puntuación total

BloqueMáximo posibleFuncionario A (10 años, nivel 18)Funcionario B (25 años, nivel 22)
Antigüedad20 puntos4 puntos10 puntos
Grado personal8 puntos5 puntos7 puntos
Valoración trabajo6 puntos3 puntos5 puntos
Formación5 puntos2 puntos3 puntos
Total39 puntos14 puntos25 puntos

La diferencia de 11 puntos no necesariamente implica que B consiga siempre su primera opción: depende de cuántas personas pidan el mismo destino. En plazas con poca demanda (provincias pequeñas, destinos menos atractivos), incluso una puntuación baja puede ser suficiente.

Cómo solicitar destino: el proceso pasó a pasó

Paso 1: Publicación de la convocatoria

La convocatoria incluye la relación de puestos ofertados (número de puesto, localidad, nivel, complemento específico, requisitos). Analiza los puestos disponibles.

Paso 2: Solicitud de participación

Presenta la solicitud en el plazo indicado (habitualmente 20-30 días hábiles desde la publicación). Se hace a través del registro electrónico o sede electrónica de tu administración. Necesitas certificado digital o Cl@ve.

Paso 3: Ordenación de peticiones

En la solicitud indicas por orden de preferencia los puestos que deseas. El sistema te adjudica el puesto mejor valorado que puedas obtener según tu puntuación total. Si no te queda ningún puesto disponible de tus opciones cuando te toca, quedas sin adjudicación (no participas más en ese concurso).

Paso 4: Resolución provisional y definitiva

Se pública una resolución provisional con las adjudicaciones. Hay un plazo para presentar reclamaciones. Luego la resolución definitiva, que es firme y ejecutiva.

Paso 5: Toma de posesión

El plazo de toma de posesión suele ser de 3 a 10 días hábiles tras la resolución definitiva, ampliable si el nuevo destino exige traslado de residencia (hasta 15-20 días hábiles, según la normativa).

Estrategia para conseguir el destino que quieres

Conoce la demanda histórica de los puestos

Si sabes que el año pasado la plaza de Administrativo en el centro de Madrid se cubrió con 30 puntos de baremo, y tú tienes 18, probablemente no la consigas. Sin embargo, una plaza en una ciudad de tamaño medio o en una provincia menos demandada puede cubrirse con 12-15 puntos.

Algunas administraciones publican los resultados históricos de los concursos anteriores. Si no, puedes consultar con compañeros que hayan participado recientemente o en foros especializados de funcionarios.

Pide más de una opción

El sistema te permite ordenar múltiples peticiones. Una estrategia razonable:

  1. Tu primera opción real (la que más quieres, aunque sea competida).
  2. Varias opciones intermedias (destinos que también aceptarías, con demanda moderada).
  3. Al final, destinos de seguridad (menos demandados donde estás seguro de obtener plaza si no consigues nada superior).

No pedir opciones de seguridad es un error habitual: si tu primera y segunda opción se cubren antes de que te llegue el turno, quedas sin adjudicación y sigues en tu puesto actual hasta el próximo concurso.

Acumula puntos de formación ahora

La formación es el único bloque del baremo sobre el que tienes control directo antes del concurso. Haz cursos del INAP (Instituto Nacional de Administración Pública) o del organismo de formación de tu administración. Son gratuitos para funcionarios, puntúan en los concursos y además mejoran tus competencias.

Consolida el grado personal antes de concursar

Recuerda: el grado personal consolidado aporta puntos en el baremo. Si estás a 6 meses de consolidar un nivel superior, a veces merece la pena esperar al siguiente concurso para participar con más puntuación.

Situaciones especiales

Funcionarios con protección especial

Algunas situaciones otorgan derechos preferentes en la adjudicación de destino:

  • Víctimas de violencia de género: derecho a traslado a cualquier puesto vacante de su cuerpo en cualquier localidad, fuera del concurso ordinario.
  • Funcionarios con discapacidad reconocida: algunas administraciones aplican criterios de preferencia o reserva.
  • Reunificación familiar (funcionarios con cónyuge funcionario): en determinados concursos, los cónyuges que sean ambos funcionarios tienen derecho a pedir destino en la misma localidad con preferencia.

Movilidad por motivos de salud

Fuera del concurso de traslados ordinario, existe la posibilidad de solicitar un cambió de puesto por motivos de salud debidamente acreditados, sin necesidad de esperar a la convocatoria del concurso.

Puestos de libre designación

Los puestos de mayor nivel (jefaturas de servicio, subdirecciones, algunos puestos directivos) no se cubren por concurso de traslados sino por libre designación: la Administración elige directamente al candidato. El funcionario puede presentar su candidatura pero no tiene garantías objetivas de ser seleccionado.

Preguntas frecuentes

¿Puedo participar en el concurso si estoy en excedencia?

Depende del tipo de excedencia. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular generalmente no pueden participar. Los que están en excedencia por cuidado de hijos o familiares pueden participar, y el destino adjudicado se les reserva hasta su reincorporación.

¿Qué pasa con mi puesto actual si me adjudican uno nuevo?

Tu puesto actual queda vacante y se incorpora a futuros procesos de cobertura. No puedes “devolver” el puesto adjudicado una vez que la resolución es definitiva.

¿Puedo renunciar al destino adjudicado?

En general, no puedes renunciar sin consecuencias. La renuncia injustificada puede suponer la exclusión del siguiente concurso de traslados (habitualmente durante un año o dos). Las causas justificadas varían según la normativa de cada administración, pero incluyen situaciones sobrevenidas graves (enfermedad, fallecimiento de familiar, etc.).

¿Existe el traslado forzoso?

Sí, existe la adscripción forzosa, pero es excepcional y está muy limitada. Solo puede producirse cuando no hay voluntarios para cubrir un puesto esencial, y siempre con determinadas garantías (proximidad geográfica, temporalidad, compensación económica). En la práctica, la mayoría de los traslados son voluntarios.

El podcast que te puede ayudar

El TREBEP, la organización de la Administración y los derechos de los funcionarios forman parte del temario de la mayoría de oposiciones a cuerpos generales. Si estás preparando una promoción interna o simplemente quieres conocer mejor el marco legal que regula tu carrera, el podcast de Red Opositor cubre estos contenidos de forma audiovisual, ideal para aprovechar los trayectos al trabajo o el tiempo de desplazamiento.

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