El artículo 131 permite al Estado planificar la actividad económica general mediante:
Explicación
El artículo 131.1 CE establece que el Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas.
La planificación económica del artículo 131 es:
Explicación
El artículo 131.1 CE dice que el Estado "podrá" planificar. Es una potestad facultativa, no una obligación. En la práctica, España nunca ha aplicado una planificación económica general.
Tip de examen
La planificación es facultativa ("podrá"), no obligatoria ("deberá").
Los proyectos de planificación económica los elabora, según el artículo 131.2:
Explicación
El artículo 131.2 CE establece que el Gobierno elaborará los proyectos de planificación, con el asesoramiento de las CCAA, sindicatos y organizaciones profesionales y empresariales.
Tip de examen
El Gobierno elabora los proyectos; las Cortes Generales aprueban la ley de planificación.
Para asesorar al Gobierno en la planificación económica, el artículo 131.2 prevé la creación de:
Explicación
El artículo 131.2 CE prevé la constitución de un Consejo integrado por representantes de sindicatos, organizaciones profesionales, empresariales y económicas, y de las CCAA.
¿Qué órgano asesorará al Gobierno en la elaboración de los proyectos de planificación económica según el artículo 131.2?
Explicación
El artículo 131.2 CE crea un Consejo consultivo que asesora al Gobierno en la planificación económica, integrado por sindicatos, organizaciones profesionales, empresariales y económicas, así como las CCAA.
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