Según el artículo 16.3, ¿cuál es la relación del Estado español con las confesiones religiosas?
Explicación
El artículo 16.3 CE establece que ninguna confesión tendrá carácter estatal, pero los poderes públicos mantendrán relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. España es un Estado aconfesional.
El artículo 16.2 establece que nadie podrá ser obligado a declarar sobre:
Explicación
El artículo 16.2 CE prohíbe obligar a nadie a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
El artículo 16.1 garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto. ¿Cuál es su única limitación?
Explicación
El artículo 16.1 CE solo limita estas libertades en sus manifestaciones externas por "el mantenimiento del orden público protegido por la ley". Es la única limitación expresa.
¿Cuál es la diferencia entre Estado "aconfesional" y Estado "laico"?
Explicación
El artículo 16.3 CE establece que "ninguna confesión tendrá carácter estatal" (aconfesionalidad), pero ordena la cooperación con las confesiones. No es un laicismo de separación absoluta.
Tip de examen
La CE menciona expresamente a la "Iglesia Católica" en el art. 16.3.
¿Qué confesión religiosa es mencionada expresamente en el artículo 16.3?
Explicación
El artículo 16.3 CE menciona expresamente la cooperación con "la Iglesia Católica y las demás confesiones". Es la única confesión mencionada por su nombre en toda la Constitución.
¿Cuántas libertades reconoce el artículo 16.1?
Explicación
El artículo 16.1 CE garantiza tres libertades: ideológica, religiosa y de culto. La libertad de conciencia, aunque reconocida por la jurisprudencia, no aparece expresamente.
Tip de examen
A-Co-Ca: Aconfesional, Cooperación, Católica (mención expresa).
El artículo 16.1 garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto. ¿Cuál es la única limitación expresa que menciona?
Explicación
El artículo 16.1 CE establece como única limitación expresa a la libertad ideológica, religiosa y de culto el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
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