¿Cuál es el plazo máximo de detención preventiva según el artículo 17.2?
Explicación
El artículo 17.2 CE establece que la detención preventiva no podrá durar más de setenta y dos horas.
Tip de examen
Es un plazo MÁXIMO, no fijo. La detención debe durar lo estrictamente necesario.
¿Cuáles son los derechos del detenido según el artículo 17.3?
Explicación
El artículo 17.3 CE garantiza tres derechos al detenido: ser informado de forma inmediata y comprensible de sus derechos y razones de detención, no ser obligado a declarar y asistencia de abogado.
¿Qué procedimiento regula el artículo 17.4 para personas detenidas ilegalmente?
Explicación
El artículo 17.4 CE establece que la ley regulará un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente.
La ley determinará un plazo máximo de duración de la prisión provisional según el artículo 17.4. ¿Qué otra garantía establece el artículo 17?
Explicación
El artículo 17.4 CE establece dos garantías: la ley determinará un plazo máximo de duración de la prisión provisional, y la ley regulará un procedimiento de habeas corpus.
El artículo 17.3 garantiza al detenido tres derechos. ¿Cuál es la regla mnemotécnica ISA?
Explicación
ISA: Información (de sus derechos y de las razones de detención, de forma inmediata y comprensible), Silencio (no puede ser obligado a declarar), Abogado (asistencia de abogado en las diligencias policiales y judiciales).
El plazo máximo de 72 horas de detención preventiva del artículo 17.2:
Explicación
Las 72 horas son un tope máximo constitucional. El artículo 17.2 establece que la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones, y en todo caso no más de 72 horas.
El habeas corpus del artículo 17.4 tiene como finalidad:
Explicación
El habeas corpus (art. 17.4 CE) busca la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. El juez debe resolver en 24 horas.
Tip de examen
El habeas corpus se resuelve en 24 horas (por ley), no confundir con las 72 horas de detención máxima.
La prisión provisional y la detención preventiva del artículo 17:
Explicación
La detención preventiva (art. 17.2) es policial, con un máximo de 72 horas. La prisión provisional (art. 17.4) es judicial y la ley determinará su plazo máximo de duración. Son instituciones distintas.
En caso de suspensión individual por terrorismo (art. 55.2), el plazo de detención del artículo 17.2 puede ampliarse hasta:
Explicación
Según la legislación antiterrorista vigente, la suspensión individual del art. 55.2 permite ampliar la detención hasta 5 días (48 horas adicionales a las 72, previa comunicación judicial), que excepcionalísimamente pueden ser otros 5.
Tip de examen
El art. 17.3 (información, silencio, abogado) NO es suspendible en estado de excepción; pero sí el 17.2 (plazo de detención).
El artículo 17.1 establece que "Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad". La privación de libertad solo puede producirse:
Explicación
El artículo 17.1 CE establece que nadie puede ser privado de su libertad sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley. Consagra la reserva de ley para la privación de libertad.
La ley regulará un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. ¿En qué apartado del artículo 17 se recoge?
Explicación
El habeas corpus se recoge en el artículo 17.4 CE: "La ley regulará un procedimiento de habeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente."
Tip de examen
Art. 17: apartado 1 (libertad y seguridad), apartado 2 (máximo 72h), apartado 3 (derechos del detenido), apartado 4 (habeas corpus).
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