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Situaciones administrativas

Excedencia voluntaria

Excedencia por interés particular que requiere 5 años de servicio y no reserva el puesto.

La excedencia voluntaria por interés particular es la modalidad de excedencia que el funcionario puede solicitar por motivos personales cuando ha prestado al menos cinco años de servicio efectivo. Durante esta situación, el funcionario no cobra retribuciones, no devenga trienios y no tiene reserva de puesto.

Para reingresar, el funcionario debe solicitar la adscripción a un puesto vacante de su cuerpo y grupo. El reingreso no es automático: depende de que existan vacantes disponibles. Esto la diferencia de otras excedencias (por cuidado de familiares o violencia de género) que sí garantizan reserva de puesto.

La excedencia voluntaria puede declararse también de oficio cuando el funcionario no solicita el reingreso tras finalizar otra causa de excedencia o cuando incumple la obligación de tomar posesión del puesto asignado.

Por qué importa para opositores

La excedencia voluntaria es el «paracaídas» del funcionario: puedes probar suerte en el sector privado, montar tu propia empresa o simplemente descansar, sabiendo que podrás volver a la función pública cuando quieras (siempre que haya vacante). Es un tema habitual en los exámenes de TREBEP.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el/la excedencia voluntaria?

Excedencia por interés particular que requiere 5 años de servicio y no reserva el puesto.

¿Por qué es importante excedencia voluntaria para opositores?

La excedencia voluntaria es el «paracaídas» del funcionario: puedes probar suerte en el sector privado, montar tu propia empresa o simplemente descansar, sabiendo que podrás volver a la función pública cuando quieras (siempre que haya vacante). Es un tema habitual en los exámenes de TREBEP.

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