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Título Preliminar Art. 1-2 15 min

Ep. 5: Soberanía nacional y forma política del Estado

Este episodio cubre Art. 1-2 de la Constitución Española de 1978, dentro de Título Preliminar. Duración: 15 minutos.

Qué aprenderás en este episodio

  • Contenido completo de Art. 1-2 de la Constitución Española
  • Explicación articulada y fácil de memorizar para oposiciones
  • Claves para recordar los puntos más preguntados en exámenes

Transcripción completa

2151 palabras · 11 min de lectura

[0:00] ¡Hola de nuevo! Hoy seguimos con el título preliminar. En el episodio anterior desmontamos el artículo 1, pieza por pieza. Hoy vamos a profundizar en la soberanía nacional y a meternos de lleno con el artículo 2, que es uno de los más importantes y más preguntados de toda la constitución y uno de los que más confusiones suele generar. ¡Vamos para allá!
[0:21] Empezamos retomando el artículo 1, apartado 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. En el episodio anterior ya vimos la diferencia entre soberanía nacional y soberanía popular. Hoy quiero ir un paso más allá, porque hay un aspecto de este apartado que sale mucho en exámenes de nivel superior y que conviene tener claro. La soberanía nacional reside en el pueblo español.
[0:47] Esto significa que ningún órgano del Estado tiene soberanía propia. ni las cortes, ni el gobierno, ni el rey, ni siquiera el Tribunal Constitucional. Todos ellos ejercen poderes que les han sido conferidos por el pueblo a través de la constitución. Es lo que se llama el poder constituyente. El pueblo español, como soberano,
[1:07] Ejerció ese poder constituyente cuando aprobó la Constitución en referéndum, el 6 de diciembre de 1978. A partir de ese momento, todos los poderes del Estado son poderes constituidos, creados por la Constitución. Dato que gusta mucho a los examinadores, la Constitución fue aprobada en referéndum con un 87,78% de votos a favor. Participó el 67,11% del censo electoral y no fue un texto impuesto, fue ratificado por el pueblo. Y ese acto de ratificación popular es la expresión concreta de que la soberanía reside en el pueblo.
[1:45] El pueblo creó la Constitución y la Constitución creó los poderes del Estado. IMPLICACIÓN PRÁCTICA PARA UN EXAMEN Si te preguntan dónde reside la soberanía, según la Constitución, la respuesta siempre es en el pueblo español. No en las Cortes Generales, aunque las Cortes representen al pueblo, ni tampoco en el Rey, aunque el Rey sea el Jefe del Estado. Las Cortes son depositarias de la soberanía popular en un sentido representativo, pero la soberanía misma, el poder supremo, es del pueblo. Hay otra dimensión muy importante, la frase dice, del que emanan los poderes del Estado, poderes en plural, no el poder, los tres poderes clásicos, legislativo, ejecutivo, judicial, los tres emanan del pueblo.
[2:31] Esto descarta cualquier modelo donde uno de los poderes sea superior a los demás por derecho propio. El poder judicial no es superior al legislativo, el ejecutivo no es superior al judicial. Todos provienen de la misma fuente y están sometidos a la misma constitución. Es el principio de separación de poderes combinado con la soberanía popular. Los tres poderes son iguales en dignidad porque todos vienen del mismo sitio, el pueblo.
[2:56] Y todos están limitados por la Constitución, que es la norma que el pueblo se dio a sí mismo. Nadie puede saltársela, ni siquiera las cortes, que son las que hacen las leyes. Si una ley contradice la Constitución, el Tribunal Constitucional puede declararla inconstitucional. Eso es el estado de derecho del que hablamos en el episodio anterior. Ahora creo que todo empieza a encajar.
[3:18] Artículo 2. Atento, porque es una sola frase, pero probablemente la frase más cargada política y jurídicamente de toda la Constitución. La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran, y la solidaridad entre todas ellas. Una sola frase, tres conceptos fundamentales, unidad, autonomía, solidaridad. Recuerda nuestra regla UAS, unidad, autonomía, solidaridad, como las siglas de una aerolínea americana.
[3:59] Vamos concepto por concepto, en profundidad. Unidad, primer concepto, la indisoluble unidad de la nación española. Fíjate en las palabras, no dice unidad a secas, dice indisoluble unidad y luego añade patria común e indivisible de todos los españoles. Tres adjetivos que refuerzan la misma idea. Indisoluble, común, indivisible.
[4:23] Los constituyentes no quisieron dejar ninguna duda. España es una y no se puede romper. Ojo al verbo. La constitución se fundamenta en. No dice la constitución reconoce ni la constitución proclama.

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