Artículo 122 CE: Consejo General Poder Judicial (explicado)
El artículo 122 de la Constitución Española regula el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): el órgano de gobierno del Poder Judicial. Establece que una ley orgánica regulará el estatuto de jueces y magistrados, y detalla la composición y funciones del CGPJ. Es uno de los artículos más preguntados en oposiciones dentro del Título VI, especialmente por la composición del CGPJ (número de vocales, quién los elige) y la distinción entre gobierno del Poder Judicial y función jurisdiccional.
Texto literal del artículo 122
1. La ley orgánica del poder judicial determinará la constitución, funcionamiento y gobierno de los Juzgados y Tribunales, así como el estatuto jurídico de los Jueces y Magistrados de carrera, que formarán un Cuerpo único, y del personal al servicio de la Administración de Justicia.
2. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo. La ley orgánica establecerá su estatuto y el régimen de incompatibilidades de sus miembros y sus funciones, en particular en materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.
3. El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.
Ubicación sistemática
El artículo 122 está en el Título VI de la Constitución: “Del Poder Judicial” (arts. 117-127). Es el artículo central sobre la organización y gobierno del Poder Judicial.
Artículo 122.1: ley orgánica del poder judicial
Reserva de ley orgánica
El artículo 122.1 establece una reserva de ley orgánica para regular:
| Materia | Contenido |
|---|---|
| Constitución de Juzgados y Tribunales | Estructura y organización judicial |
| Funcionamiento | Reglas procesales y de organización interna |
| Gobierno | Órganos de gobierno interno (presidentes de tribunales, salas de gobierno) |
| Estatuto de Jueces y Magistrados | Ingreso, promoción, incompatibilidades, responsabilidad |
| Personal de la Administración de Justicia | Secretarios judiciales (letrados de la Administración), oficiales, auxiliares |
Esta ley orgánica es la LOPJ (Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial), una de las leyes más importantes del ordenamiento jurídico español.
Cuerpo único de Jueces y Magistrados
El artículo 122.1 establece que los Jueces y Magistrados de carrera forman un Cuerpo único. Esto significa:
- No hay judicaturas separadas por territorios o materias.
- Todos los jueces y magistrados pertenecen a la misma carrera judicial.
- Las categorías (juez, magistrado, magistrado del Tribunal Supremo) son grados dentro del mismo cuerpo.
Artículo 122.2: el CGPJ como órgano de gobierno
Funciones del CGPJ
El artículo 122.2 define al CGPJ como el “órgano de gobierno” del Poder Judicial y enumera sus funciones principales:
| Función | Descripción |
|---|---|
| Nombramientos | Proponer al Rey el nombramiento de jueces y magistrados, incluidos los del Tribunal Supremo |
| Ascensos | Gestionar la promoción dentro de la carrera judicial |
| Inspección | Vigilar el correcto funcionamiento de los juzgados y tribunales |
| Régimen disciplinario | Incoar y resolver expedientes disciplinarios contra jueces y magistrados |
Lo que el CGPJ no hace
Es fundamental distinguir entre gobierno y jurisdicción:
| CGPJ (gobierno) | Tribunales (jurisdicción) |
|---|---|
| Nombra y asciende jueces | Juzgan y ejecutan lo juzgado |
| Inspecciona juzgados | Dictan sentencias |
| Aplica régimen disciplinario | Interpretan y aplican la ley |
| No resuelve litigios | Resuelven conflictos jurídicos |
Dato clave para el examen: el CGPJ gobierna pero no juzga. La función jurisdiccional corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales (art. 117 CE).
Artículo 122.3: composición del CGPJ
Estructura del CGPJ
| Categoría | Número | Designación | Requisitos |
|---|---|---|---|
| Presidente | 1 | Presidente del Tribunal Supremo | Nombrado por el Rey a propuesta del CGPJ (art. 123.2) |
| Vocales judiciales | 12 | ”En los términos que establezca la ley orgánica” | Jueces y Magistrados de todas las categorías |
| Vocales juristas (Congreso) | 4 | Propuesta del Congreso (mayoría de 3/5) | Abogados o juristas, reconocida competencia, +15 años de ejercicio |
| Vocales juristas (Senado) | 4 | Propuesta del Senado (mayoría de 3/5) | Abogados o juristas, reconocida competencia, +15 años de ejercicio |
| Total | 21 |
Datos numéricos clave para el examen
- 20 vocales + 1 Presidente = 21 miembros en total.
- 12 vocales de origen judicial.
- 8 vocales de origen parlamentario (4 del Congreso + 4 del Senado).
- Mandato: 5 años.
- Mayoría para elegir vocales parlamentarios: 3/5 de cada Cámara.
- Requisito para vocales juristas: 15 años de ejercicio profesional.
El debate sobre la elección de los vocales judiciales
El artículo 122.3 establece que los 12 vocales judiciales se eligen “en los términos que establezca la ley orgánica”, sin especificar si deben ser elegidos por los propios jueces o por el Parlamento. Este margen ha generado un debate constitucional permanente:
| Sistema | Descripción | Argumento |
|---|---|---|
| Elección judicial | Los 12 vocales judiciales son elegidos por los propios jueces | Garantiza mayor independencia del Poder Judicial |
| Elección parlamentaria | Los 12 vocales judiciales son elegidos por las Cortes | El Parlamento representa la soberanía popular |
El TC ha admitido la constitucionalidad de ambos sistemas, señalando que la Constitución remite a la ley orgánica la concreción del procedimiento.
Relación con otros artículos de la Constitución
| Artículo 122 | Artículos relacionados |
|---|---|
| Órgano de gobierno | Art. 117 (independencia judicial, justicia emana del pueblo) |
| Presidente del TS | Art. 123 (Tribunal Supremo, órgano jurisdiccional superior) |
| Nombramientos | Art. 159.1 (el CGPJ propone 2 magistrados del TC) |
| Reserva de ley orgánica | Art. 81 (materias reservadas a ley orgánica) |
| Independencia judicial | Art. 127 (incompatibilidades de jueces y magistrados) |
| Inamovilidad | Art. 117.2 (jueces inamovibles, no separados sino por causa legal) |
Artículo 122 en exámenes de oposiciones
Lo que preguntan los tribunales
-
“El CGPJ tiene funciones jurisdiccionales.” Falso: el CGPJ es el órgano de gobierno del Poder Judicial, no ejerce jurisdicción. Juzgar corresponde a los Juzgados y Tribunales (art. 117).
-
“El CGPJ tiene 20 miembros.” Parcialmente cierto: tiene 20 vocales más el Presidente del Tribunal Supremo, que lo preside. En total, 21 miembros.
-
“Todos los vocales del CGPJ son elegidos por las Cortes.” Falso en su literalidad constitucional: la CE solo dice que 8 son propuestos por las Cortes. Los 12 judiciales se eligen “en los términos que establezca la ley orgánica”.
-
“Los vocales juristas necesitan 10 años de ejercicio profesional.” Falso: el artículo 122.3 exige más de 15 años de ejercicio en su profesión.
-
“El mandato del CGPJ es de 4 años.” Falso: el mandato es de 5 años (art. 122.3).
Preguntas tipo test con respuestas
Pregunta 1: El Consejo General del Poder Judicial es:
a) El órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes b) El órgano de gobierno del Poder Judicial c) Un tribunal que resuelve recursos de casación d) Un órgano consultivo del Gobierno
Respuesta correcta: b). El artículo 122.2 define al CGPJ como el órgano de gobierno del Poder Judicial.
Pregunta 2: El CGPJ está integrado por:
a) 12 miembros nombrados por 4 años b) 20 vocales y el Presidente del Tribunal Supremo, por 5 años c) 15 vocales nombrados por 6 años d) 21 vocales elegidos por las Cortes
Respuesta correcta: b). El artículo 122.3 establece que el CGPJ está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo y 20 vocales nombrados por un período de 5 años.
Pregunta 3: Los vocales juristas propuestos por las Cortes deben tener:
a) Más de 10 años de ejercicio profesional b) Más de 15 años de ejercicio profesional c) Más de 20 años de ejercicio profesional d) Ser magistrados del Tribunal Supremo
Respuesta correcta: b). El artículo 122.3 exige reconocida competencia y más de 15 años de ejercicio en su profesión.
Pregunta 4: La mayoría necesaria en cada Cámara para elegir los vocales juristas del CGPJ es:
a) Mayoría simple b) Mayoría absoluta c) Tres quintos d) Dos tercios
Respuesta correcta: c). El artículo 122.3 exige mayoría de tres quintos de los miembros de cada Cámara.
En resumen
El artículo 122 CE regula el CGPJ como órgano de gobierno del Poder Judicial (no jurisdiccional), con funciones de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario. Está compuesto por el Presidente del Tribunal Supremo y 20 vocales (12 judiciales + 8 juristas elegidos por las Cortes por mayoría de 3/5) con mandato de 5 años. Para el examen: 21 miembros en total, 5 años de mandato, 3/5 de mayoría, 15 años de ejercicio para los juristas, y el CGPJ gobierna pero no juzga.
Consulta el texto completo del artículo 122 y repásalo con el podcast de Red Opositor. Practica con el test de la Constitución Española y las flashcards.
Artículos relacionados:
- Artículo 117: el Poder Judicial en la Constitución
- Artículo 24: tutela judicial efectiva
- Artículo 119: justicia gratuita
- Artículo 9: Estado de Derecho y principios constitucionales
- Estructura de la Constitución Española: esquema completo
Descarga la guía gratuita de artículos clave y consulta la guía de la Constitución para oposiciones.
Preguntas relacionadas
- ¿Cuál es la diferencia entre Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo?
- ¿Qué regula el Título VI de la Constitución?
- ¿Qué dice el artículo 120 sobre la publicidad de actuaciones judiciales?
- ¿Qué dice el artículo 116 sobre los estados excepcionales?
- ¿Cuántos artículos tiene la Constitución Española?
Artículos relacionados
Art. 117 CE: Poder Judicial | Resumen Oposiciones
Independencia, inamovilidad, responsabilidad y sometimiento a la ley. Art. 117 CE: principio de unidad jurisdiccional y exclusividad. Resumen con test.
Art. 24 CE: Tutela judicial efectiva | Oposiciones
Presunción de inocencia, derecho de defensa y no indefensión. Art. 24 CE: el derecho más invocado en amparo. Resumen y preguntas tipo test.
Artículo 119 CE: justicia gratuita (explicado oposiciones)
Qué dice el artículo 119 de la Constitución sobre la justicia gratuita y cuándo es obligatoria. Requisitos, insuficiencia de recursos y desarrollo legal. Clave en oposiciones.