Art. 116 CE: Alarma, excepción y sitio | Examen
El artículo 116 de la Constitución Española regula los tres estados excepcionales: alarma, excepción y sitio. Establece quién los declara, los plazos, las prórrogas, las garantías parlamentarias y la prohibición de disolver el Congreso durante su vigencia. Es uno de los artículos más complejos y preguntados en oposiciones, especialmente tras la experiencia del estado de alarma por COVID-19.
Texto literal del artículo 116
1. Una ley orgánica regulará los estados de alarma, de excepción y de sitio, y las competencias y limitaciones correspondientes.
2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.
3. El estado de excepción será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros, previa autorización del Congreso de los Diputados. La autorización y proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos.
4. El estado de sitio será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del Gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones.
5. No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento, así como el de los demás poderes constitucionales del Estado, no podrán interrumpirse durante la vigencia de estos estados. Disuelto el Congreso o expirado su mandato, si se produjere alguna de las situaciones que dan lugar a cualquiera de dichos estados, las competencias del Congreso serán asumidas por su Diputación Permanente.
6. La declaración de los estados de alarma, de excepción y de sitio no modificarán el principio de responsabilidad del Gobierno y sus agentes reconocidos en la Constitución y en las leyes.
Cuadro comparativo de los tres estados
| Aspecto | Alarma | Excepción | Sitio |
|---|---|---|---|
| Quién declara | Gobierno (Consejo de Ministros) | Gobierno (Consejo de Ministros) | Congreso (mayoría absoluta) |
| Autorización previa del Congreso | No (solo para prórroga) | Si | Si (es quien lo declara) |
| Propuesta | Gobierno | Gobierno | Exclusiva del Gobierno |
| Plazo máximo | 15 días | 30 días | Lo determina el Congreso |
| Prórroga | Si (con autorización del Congreso) | Si (por otro plazo igual, mismos requisitos) | Lo determina el Congreso |
| Suspensión de derechos | No (solo limitación) | Si (art. 55.1 CE) | Si (art. 55.1 CE, más amplia) |
| Ley reguladora | LO 4/1981 | LO 4/1981 | LO 4/1981 |
Este cuadro es esencial para el examen. Los opositores deben memorizarlo con precisión.
Artículo 116.1: Reserva de ley orgánica
La regulación detallada de los estados excepcionales corresponde a una ley orgánica: la LO 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
Artículo 116.2: Estado de alarma
Declaración
- Órgano: Gobierno (Consejo de Ministros).
- Forma: Decreto.
- Plazo: Máximo 15 días.
- Ámbito territorial: Lo determina el decreto.
- Congreso: Se le da cuenta inmediatamente. Sin su autorización, no se puede prorrogar.
Causas (LO 4/1981)
- Catástrofes naturales, calamidades.
- Crisis sanitarias (epidemias).
- Paralización de servicios públicos esenciales.
- Desabastecimiento de productos de primera necesidad.
Trampa de examen: “El estado de alarma se declara por 30 días.” Falso: 15 días (30 es el de excepción).
Artículo 116.3: Estado de excepción
Declaración
- Órgano: Gobierno (Consejo de Ministros).
- Forma: Decreto, previa autorización del Congreso.
- Plazo: Máximo 30 días, prorrogable por otros 30 días.
- Contenido obligatorio: Efectos, ámbito territorial y duración.
La diferencia clave con la alarma: en la excepción, el Congreso autoriza antes de la declaración, no después.
Trampa de examen: “El estado de excepción lo declara el Congreso.” Falso: lo declara el Gobierno, pero con autorización previa del Congreso.
Artículo 116.4: Estado de sitio
Declaración
- Órgano: Congreso de los Diputados (directamente).
- Mayoría: Absoluta.
- Propuesta: Exclusiva del Gobierno.
- Contenido: El Congreso determina ámbito territorial, duración y condiciones.
El estado de sitio es el más grave: es el único declarado directamente por el Congreso.
Trampa de examen: “El estado de sitio lo declara el Gobierno.” Falso: lo declara el Congreso por mayoría absoluta, a propuesta del Gobierno.
Artículo 116.5: Garantías durante los estados excepcionales
Prohibición de disolución del Congreso
El Congreso no puede disolverse mientras esté declarado cualquier estado excepcional. Si no estuviera en período de sesiones, queda automáticamente convocado.
Funcionamiento de los poderes del Estado
Los poderes constitucionales (Gobierno, Cortes, Poder Judicial, TC) no pueden interrumpir su funcionamiento.
Diputación Permanente
Si el Congreso estuviera disuelto cuando se produzca una situación excepcional, las competencias las asume la Diputación Permanente del Congreso.
Artículo 116.6: Responsabilidad del Gobierno
La declaración de estados excepcionales no modifica el principio de responsabilidad del Gobierno. El Gobierno y sus agentes siguen siendo responsables de sus actos, incluso durante los estados excepcionales.
Conexión con el artículo 55: suspensión de derechos
| Estado | ¿Se pueden suspender derechos? |
|---|---|
| Alarma | No (solo limitar) |
| Excepción | Si (art. 55.1 CE: arts. 17, 18.2-3, 19, 20.1.a/d y 20.5, 21, 28.2, 37.2) |
| Sitio | Si (los mismos, incluyendo el art. 17.3) |
Para el detalle de los derechos suspendibles, consulta el artículo 55 CE.
Contexto histórico
La regulación de los estados excepcionales es una cuestión clásica del constitucionalismo. La Constitución de 1978 busca un equilibrio: dotar al Estado de instrumentos para afrontar crisis graves, pero con control parlamentario y límites temporales.
El estado de alarma se declaró en España en 2010 (por la huelga de controladores aéreos) y en 2020 (por la pandemia de COVID-19). El TC, en la STC 148/2021, anuló parcialmente el decreto de estado de alarma de marzo de 2020, al considerar que las restricciones de circulación eran tan intensas que constituían una suspensión de derechos (solo admisible en estado de excepción).
Ubicación del artículo 116
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Título | V - De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales |
| Artículos del Título | 108-116 |
| Posición | Último artículo del Título V |
Artículo 116 en exámenes de oposiciones
Preguntas tipo test frecuentes
1. Plazos:
- “El estado de alarma se declara por 30 días.” Falso: 15 días.
- “El estado de excepción dura un máximo de 15 días.” Falso: 30 días.
2. Quién declara:
- “El estado de sitio lo declara el Gobierno.” Falso: el Congreso por mayoría absoluta.
- “El estado de excepción lo declara el Congreso.” Falso: el Gobierno, con autorización previa del Congreso.
3. Suspensión de derechos:
- “En el estado de alarma se pueden suspender derechos.” Falso: solo limitar.
4. Disolución del Congreso:
- “El Congreso puede disolverse durante un estado de excepción.” Falso: queda prohibida la disolución.
5. Mayoría para el estado de sitio:
- “El estado de sitio se declara por mayoría simple.” Falso: por mayoría absoluta del Congreso.
Truco de memoria
“A-E-S = 15-30-Congreso”:
- Alarma: 15 días, Gobierno declara, Congreso prorroga
- Excepción: 30 días, Gobierno declara con autorización previa del Congreso
- Sitio: Congreso declara (mayoría absoluta), a propuesta del Gobierno
“Alarma no suspende, Excepción sí, Sitio más”.
En resumen
El artículo 116 de la Constitución Española regula los estados de alarma (15 días, Gobierno declara), excepción (30 días, Gobierno con autorización del Congreso) y sitio (Congreso por mayoría absoluta). Solo en excepción y sitio se pueden suspender derechos. El Congreso no puede disolverse durante su vigencia. El Gobierno mantiene su responsabilidad.
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