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Retribuciones del funcionario: básicas vs complementarias

7 min de lectura

El bloque de retribuciones parece de los más áridos del TREBEP, pero es de los más rentables del primer ejercicio: con una sola distinción bien fijada —básicas frente a complementarias— resuelves la mayoría de las preguntas. El tribunal lo sabe, y por eso monta la trampa clásica: te pregunta si el complemento de destino es básico o complementario, o si los trienios retribuyen el puesto. Si tienes claro el reparto, no fallas ni una.

Vamos a fijar la estructura retributiva del funcionario según los arts. 22 a 24 del TREBEP (Real Decreto Legislativo 5/2015).

La distinción base: ¿qué se retribuye?

El art. 22 TREBEP establece que las retribuciones de los funcionarios de carrera son básicas y complementarias. La clave para no confundirlas está en qué retribuye cada una:

  • Las básicas retribuyen al funcionario por su adscripción a un cuerpo o escala y, en su caso, por su antigüedad.
  • Las complementarias retribuyen el puesto de trabajo desempeñado y la trayectoria profesional.

Memoriza esta frase: “básicas = cuerpo y antigüedad; complementarias = puesto”. Con eso resuelves casi todo.

Retribuciones básicas (art. 23)

Solo hay dos conceptos básicos:

  1. Sueldo: asignado a cada subgrupo o grupo de clasificación profesional (A1, A2, B, C1, C2 y agrupaciones profesionales sin requisito de titulación).
  2. Trienios: una cantidad fija por cada 3 años de servicios efectivos, en cuantía igual para cada grupo o subgrupo. No dependen del puesto: dependen del grupo y de la antigüedad.

Cuidado: las pagas extraordinarias no se regulan en el art. 23 junto al sueldo y los trienios, sino en el art. 22.4. Son dos al año (junio y diciembre). Desde la Ley 6/2018 incluyen una mensualidad de retribuciones básicas más la totalidad de las complementarias (sueldo, trienios, complemento de destino y el 100 % del complemento específico).

Retribuciones complementarias (art. 24)

El art. 24 fija cuatro factores que determinan las complementarias:

  • a) Carrera horizontal: progresión alcanzada por el funcionario dentro del sistema de carrera (grado, categoría o escalón).
  • b) Complemento específico: retribuye las condiciones particulares del puesto —especial dificultad técnica, responsabilidad, dedicación, incompatibilidad o peligrosidad—.
  • c) Productividad: retribuye el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que se desempeñan los trabajos.
  • d) Gratificaciones: por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal. No tienen carácter fijo ni periódico.

Y, aunque el listado de factores del art. 24 no lo cita expresamente con ese nombre, el complemento de destino —que retribuye el nivel del puesto (del 1 al 30)— es la retribución complementaria por excelencia, regulada en el desarrollo del propio art. 24 y en las leyes de función pública. Es la pieza que el examen más usa para la trampa.

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Tabla: qué es básico y qué es complementario

ConceptoTipoQué retribuyeArtículo
SueldoBásicaEl subgrupo o grupo de clasificaciónart. 23
TrieniosBásicaLa antigüedad (3 años), igual por grupoart. 23
Complemento de destinoComplementariaEl nivel del puesto (1 a 30)art. 24
Complemento específicoComplementariaCondiciones del puesto (dificultad, responsabilidad…)art. 24.b
ProductividadComplementariaEl rendimiento e iniciativaart. 24.c
GratificacionesComplementariaServicios extraordinarios fuera de jornadaart. 24.d
Carrera horizontalComplementariaLa progresión profesionalart. 24.a

Regla de oro: si la pregunta menciona “puesto” o “nivel”, es complementaria; si menciona “cuerpo”, “grupo” o “antigüedad”, es básica.

La trampa estrella: el complemento de destino

La pregunta más repetida del bloque: “El complemento de destino es una retribución básica.”Falso. Es complementaria (art. 24). Retribuye el nivel del puesto, que va del 1 al 30, no el cuerpo ni la antigüedad.

Variantes de la misma trampa que el examen usa:

  • “Los trienios retribuyen el puesto de trabajo.”Falso. Retribuyen la antigüedad; son básicos.
  • “El sueldo es una retribución complementaria.”Falso. Es básico (art. 23).
  • “La productividad es una retribución básica.”Falso. Es complementaria (art. 24.c).

Las pagas extraordinarias y la Ley 6/2018

Punto histórico que sigue cayendo: tras los recortes de la crisis, la Ley 6/2018 restituyó el importe íntegro de las pagas extraordinarias. Hoy cada paga extra (junio y diciembre) incluye sueldo, trienios, complemento de destino y el 100 % del complemento específico mensual. Se devengan el primer día hábil de junio y de diciembre.

Deducciones e indemnizaciones

  • Deducciones (art. 26): por incumplimiento de jornada o por declaración formal de huelga, en cuantía proporcional al tiempo no trabajado. La deducción por huelga no tiene carácter de sanción.
  • Indemnizaciones por razón del servicio (art. 28 + RD 462/2002): dietas, kilometraje, asistencias y gastos de viaje. No son retribución en sentido estricto; compensan gastos. Sus cuantías se actualizan periódicamente.

¿Cuánto cobra realmente un funcionario? (cifras orientativas 2026)

La nómina de un funcionario de la AGE se compone, en términos generales, así:

sueldo base + trienios + complemento de destino + complemento específico (+ productividad y gratificaciones cuando proceda) + parte proporcional de paga extra.

Las cifras concretas de sueldo base y trienios las fija la LPGE o, en prórroga presupuestaria, el RD-Ley de retribuciones (para 2026, el RD-Ley 14/2025, de 2 de diciembre); conviene verificarlas en el BOE del año del examen. A título orientativo para 2026, el sueldo base anual ronda los 16.646 € para el A1, 10.807 € para el C1 y 8.994 € para el C2; el trienio anual ronda los 640 € en A1 y 269 € en C2. Si quieres el desglose por grupo, lo tienes en nuestra tabla de sueldos del funcionario por grupo 2026.

Cinco afirmaciones tipo verdadero/falso

  1. “El complemento de destino retribuye el nivel del puesto y es complementario.”Verdadero (art. 24).
  2. “Los trienios tienen la misma cuantía para todos los funcionarios.”Falso. Son iguales por grupo o subgrupo, no entre grupos distintos (art. 23).
  3. “El sueldo y los trienios son retribuciones básicas.”Verdadero (art. 23).
  4. “Las pagas extraordinarias se devengan tres veces al año.”Falso. Dos: junio y diciembre (art. 22.4).
  5. “La cuantía de las retribuciones la fija el TREBEP.”Falso. La fija la LPGE de cada año (y las leyes de presupuestos autonómicas o locales en su ámbito).

Cómo asentar este tema antes del examen

  1. Memoriza el reparto básicas (sueldo + trienios) / complementarias (destino, específico, productividad, gratificaciones, carrera horizontal).
  2. Fija la trampa del complemento de destino y la frase “puesto/nivel → complementaria; cuerpo/antigüedad → básica”.
  3. Cruza este tema con el de carrera profesional y complemento de destino —el nivel 1-30 conecta ambos bloques— y con el de clases de personal.

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