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Artículo 23. Derecho de participación política

Constitución Española de 1978

Título I: De los Derechos y Deberes Fundamentales
1.

2.

Preguntas frecuentes

Participación directa (referéndum, iniciativa legislativa popular) y participación representativa (por medio de representantes elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal).

Sí. El artículo 23.2 reconoce el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, que se complementa con los principios de mérito y capacidad del art. 103.3 CE.

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