Título I: De los Derechos y Deberes Fundamentales Art. 34-35 9 min
Ep. 24: Derecho de fundación y derecho al trabajo
Este episodio cubre Art. 34-35 de la Constitución Española de 1978, dentro de Título I: De los Derechos y Deberes Fundamentales. Duración: 9 minutos.
Qué aprenderás en este episodio
- ✓ Contenido completo de Art. 34-35 de la Constitución Española
- ✓ Explicación articulada y fácil de memorizar para oposiciones
- ✓ Claves para recordar los puntos más preguntados en exámenes
Transcripción completa
1335 palabras · 7 min de lectura
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Bienvenido a Red Opositor. Hoy entramos en dos artículos que tocan algo muy nuestro, el dinero, el trabajo y lo que puedes hacer con ellos. Artículo 34 y 35 de la Constitución. Te aviso, el artículo 35 es de los que suelen caer en el examen en oposiciones con ámbito fiscal o tributario. Tiene una doble cara que pilla muchísima gente. Vamos a por ello.
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Artículo 34. Dos apartados. Apartado 1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general con arreglo a la ley. Vamos a desmenuzarlo. El derecho de fundación es la posibilidad de crear una entidad, una fundación con tu patrimonio destinada a un fin que beneficie a la sociedad.
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Investigación médica, cultura, educación, ayuda social. La clave está en esas cinco palabras. Fines de interés general. No puedes crear una fundación para beneficiarte a ti mismo. Eso sería una sociedad, no una fundación. Es como la diferencia entre montar un restaurante para ganar dinero, que es legítimo, y montar un comedor social para dar de comer a quien lo necesita. La fundación es lo segundo.
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Y ojo al matiz. Con arreglo a la ley, el derecho existe, pero se desarrolla por ley. ¿Cuál? La ley 50 barra 2002 de 26 de diciembre. De fundaciones. Por si te la preguntan. Dato histórico. Las fundaciones en España tienen una tradición larguísima. En la Edad Media ya existían fundaciones vinculadas a la iglesia, para hospitales, hospicios y escuelas. La Constitución de 1978 las elevó a derecho constitucional, separándolas de la tutela religiosa y dándoles un marco laico.
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Apartado 2. Regirán también para las fundaciones lo dispuesto al artículo 22, apartados 2 y 4. ¿Qué decía el artículo 22? Bueno, lo vimos hace unos episodios. El artículo 22 es el derecho de asociación, y los apartados que importan aquí son el 2 y el 4. El apartado 2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
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Y el apartado 4. Solo pueden ser disueltas o suspendidas por resolución judicial motivada. O sea, las fundaciones tampoco pueden perseguir fines delictivos, como es obvio. Y si alguien quiere cerrar una fundación, solo puede hacerlo un juez. Aquí viene la trampa de examen. Te preguntan. ¿Se aplica a las fundaciones lo dispuesto sobre asociaciones secretas?
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Y tú piensas, claro, tiene sentido. No debería de haber fundaciones secretas. Pero no. El artículo 34 remite al artículo 22, apartado 2 y 4. El apartado que prohíbe las asociaciones secretas es el 5, no el 2 ni el 4. O sea, que la prohibición expresa de asociaciones secretas del artículo 22.5 no se aplica directamente a las fundaciones por vía del artículo 34.
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¿Significa eso que pueda haber fundaciones secretas? Bueno, en la práctica no, porque la ley de fundaciones exige registrarse en un registro público. Pero la pregunta de examen no va de la práctica, va de lo que dice el texto constitucional. Y el texto solo remite a los apartados 2 y 4. Recuérdalo.
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En la mnemotécnica, las fundaciones se quedan con el 2 y el 4, pero el 5 se lo dejan a las asociaciones. Piensa en una fundación que hace una fiesta y solo invita a los números pares 2 y 4. El 5 no entra porque es impar. Vamos ahora con el artículo 35. Apartado 1.
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Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración. Y el derecho a la educación suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
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Espera, ¿he dicho deber de trabajar? Pues sí, trabajar no es solo un derecho, es una obligación constitucional. Y esta es la trampa número 1 de este artículo. En examen te ponen, el trabajo es un derecho de todos los españoles, y tú piensas, correcto, pero la respuesta más completa es que el trabajo es un deber y un derecho.
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Es como el castellano en el artículo 3, ¿te acuerdas? Las dos Ds, deber y derecho. Y aquí pasa lo mismo, el trabajo tiene las dos Ds, deber y derecho. Si te acuerdas del castellano, te acuerdas del trabajo, 2 por 1. Ahora, en la práctica, ¿te pueden meter en la cárcel por no trabajar?
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Pues no. El deber de trabajar es un mandato moral, un principio, pero en el examen la letra manda. Ahora desgranemos los derechos concretos que incluye este apartado. Son 4. Primero, libre elección de profesión u oficio.
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Nadie te puede obligar a ser fontanero si tú quieres ser abogado, ni al revés. Segundo, promoción a través del trabajo. Tienes derecho a progresar profesionalmente, no a quedarte estancado. Tercero, remuneración suficiente. Y fíjate en la palabra, suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia.
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No dice justa, ni digna, dice suficiente. Y cuarto, no discriminación por razón de sexo. Ojo aquí. El artículo solo menciona expresamente la discriminación por sexo. No dice raza, religión, opinión.
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Eso está en el artículo 14, que es el principio general de igualdad. Pero el 35 recalca el sexo específicamente. Y te preguntarás, ¿por qué? Pues verás, en 1978, la discriminación laboral de la mujer era brutal. Hasta 1975, tres años antes de la constitución,
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la mujer casada necesitaba permiso del marido para trabajar. Abrir una cuenta bancaria o incluso viajar. 1975, no la edad media. 1975, los constituyentes quisieron dejar claro negro sobre blanco. Que eso se había terminado.
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Apartado 2. La ley regular a un estatuto de los trabajadores. Breve y directo. La constitución ordena al legislador que cree un estatuto de los trabajadores. Y así se hizo.
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El primer estatuto se aprobó en 1980. La ley 8 barra 1980. El vigente es el Real Decreto Legislativo 2 barra 2015, que es el texto refundido. Pueden preguntarte la ley concreta en un examen de constitución. Pues mira, depende del temario.
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Pero saber que el artículo 35 es la base constitucional del estatuto de los trabajadores, te da contexto para muchas otras preguntas. Y un detalle importante. El artículo 35 está en la sección segunda A del capítulo segundo. ¿Qué significa eso para su nivel de protección?
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Pues la respuesta es que tiene la protección del artículo 53.1. Solo puede regularse por ley que debe respetar su contenido esencial, pero no tiene recursos de amparo directo ante el tribunal constitucional. Recuerda que eso es solo para la sección primera A y el artículo 14. El derecho al trabajo es importante, pero no tiene la máxima protección constitucional.
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Esto lo veremos en detalle en el episodio 30, cuando lleguemos al artículo 53. Genial. Bueno, pues ya tenemos la respuesta. Empezamos con un repaso rápido antes de cerrar el capítulo, que este ha sido de los cortitos.
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Artículo 34. Derecho de fundación. ¿Para qué? Pues para fines de interés general, no particular. ¿Qué apartados del artículo 22 se aplican?
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El 2 y el 4. Los pares. Ilegalidad de fines delictivos y disolución solo judicial. El 5. El de las asociaciones secretas no se aplica directamente.
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Artículo 35. El trabajo es… Las dos des. Deber y derecho. Como el castellano.
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Y tiene cuatro derechos laborales del artículo 35. Libre elección de profesión, promoción, remuneración suficiente y no discriminación por sexo. ¿Qué ley ordena crear el artículo 35? Pues el Estatuto de los Trabajadores.
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Actualmente el Real Decreto Legislativo 2 barra 2015. ¿Y cuál es su nivel de protección? Pues ahí acudimos a la sección A del capítulo 2, protección por ley con respecto al contenido esencial pero sin recurso de amparo directo. En el próximo episodio cerramos la sección 2A con tres artículos muy interesantes.
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Colegios profesionales, negociación colectiva y libertad de empresa. Y explicaremos por qué la libertad de empresa es un derecho constitucional pero no significa que puedas hacer lo que te dé la gana con tu negocio. Nos vemos en el siguiente episodio y recuerda que vamos a por esa plaza.
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