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Art. 149 CE: 32 competencias del Estado | Examen

Art. 149 CE: 32 competencias del Estado | Examen

Actualizado: 3 de marzo de 2026
10 min de lectura

El artículo 149 de la Constitución Española enumera las 32 materias de competencia exclusiva del Estado y establece tres reglas fundamentales para resolver conflictos competenciales: la cláusula residual, la prevalencia del derecho estatal y la supletoriedad. Es uno de los artículos más extensos y preguntados de toda la Constitución, especialmente en oposiciones de la Administración General del Estado. Consulta nuestra guía del Título VIII: Organización Territorial para el contexto completo del reparto competencial.

Texto literal del artículo 149

Apartado 1: Las 32 materias exclusivas

1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

Las 32 materias se agrupan por bloques temáticos para facilitar su estudio:

Bloque 1: Derechos y condiciones básicas (1.a)

N.oMateria
1.aRegulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y deberes constitucionales

Bloque 2: Relaciones exteriores y defensa (2.a-4.a)

N.oMateria
2.aNacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo
3.aRelaciones internacionales
4.aDefensa y Fuerzas Armadas

Bloque 3: Justicia y legislación (5.a-9.a)

N.oMateria
5.aAdministración de Justicia
6.aLegislación mercantil, penal y penitenciaria; legislación procesal
7.aLegislación laboral (sin perjuicio de ejecución por las CCAA)
8.aLegislación civil (sin perjuicio de derechos forales)
9.aLegislación sobre propiedad intelectual e industrial

Bloque 4: Economía y comercio (10.a-14.a)

N.oMateria
10.aRégimen aduanero y arancelario; comercio exterior
11.aSistema monetario; bases de crédito, banca y seguros
12.aLegislación sobre pesas y medidas; hora oficial
13.aBases y coordinación de la planificación general de la actividad económica
14.aHacienda general y Deuda del Estado

Bloque 5: Investigación, sanidad y seguridad social (15.a-17.a)

N.oMateria
15.aFomento y coordinación general de la investigación científica y técnica
16.aSanidad exterior; bases y coordinación general de la sanidad; productos farmacéuticos
17.aLegislación básica y régimen económico de la Seguridad Social

Bloque 6: Administración pública (18.a)

N.oMateria
18.aBases del régimen jurídico de las Administraciones públicas; procedimiento administrativo común; expropiación forzosa; contratos y concesiones administrativas; responsabilidad de las Administraciones

Bloque 7: Transportes e infraestructuras (19.a-25.a)

N.oMateria
19.aPesca marítima
20.aMarina mercante; puertos y aeropuertos de interés general; espacio aéreo
21.aFerrocarriles y transportes que transcurran por más de una CCAA; tráfico; correos y telecomunicaciones
22.aRecursos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una CCAA; instalaciones eléctricas
23.aLegislación básica sobre medio ambiente; montes y vías pecuarias
24.aObras públicas de interés general o que afecten a más de una CCAA
25.aBases de régimen minero y energético

Bloque 8: Otros (26.a-32.a)

N.oMateria
26.aRégimen de armas y explosivos
27.aNormas básicas de prensa, radio y televisión
28.aDefensa del patrimonio cultural contra exportación y expoliación; museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal
29.aSeguridad pública (sin perjuicio de policías autonómicas)
30.aTítulos académicos y profesionales; normas básicas del art. 27 CE
31.aEstadística para fines estatales
32.aAutorización para convocatoria de consultas populares por referéndum

Apartado 2: Cultura como deber del Estado

2. Sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el Estado considerará el servicio de la cultura como deber y atribución esencial y facilitará la comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas, de acuerdo con ellas.

La cultura es una competencia concurrente: tanto el Estado como las CCAA pueden actuar en esta materia.

Apartado 3: Tres reglas de cierre del sistema

3. Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de estas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del de las Comunidades Autónomas.

Este apartado contiene tres reglas fundamentales:

ReglaContenido
Cláusula residualLas materias no asumidas por los Estatutos corresponden al Estado
PrevalenciaEn caso de conflicto, las normas estatales prevalecen sobre las autonómicas (salvo competencias exclusivas de las CCAA)
SupletoriedadEl derecho estatal es supletorio del de las CCAA

Las tres reglas del artículo 149.3 en detalle

Cláusula residual

Las materias que la Constitución no atribuye al Estado pueden ser asumidas por las CCAA en sus Estatutos. Pero si una CCAA no asume una competencia en su Estatuto, esa competencia corresponde al Estado.

En el examen: “Las materias no atribuidas expresamente al Estado pertenecen automáticamente a las CCAA.” Falso: solo les pertenecen si las asumen en sus Estatutos. Si no las asumen, son del Estado.

Prevalencia del derecho estatal

Cuando una norma estatal y una norma autonómica entran en conflicto sobre la misma materia, prevalece la estatal, salvo que la materia sea de competencia exclusiva de la CCAA.

Supletoriedad

El derecho estatal es en todo caso supletorio del de las CCAA. Esto significa que ante un vacío normativo autonómico, se aplica el derecho estatal.

Competencias más preguntadas en oposiciones

Algunas materias del artículo 149.1 aparecen con especial frecuencia en exámenes:

N.oMateriaPor qué se pregunta
1.aCondiciones básicas de igualdadEs la primera y la más transversal
6.aLegislación penal y mercantilOposiciones jurídicas
7.aLegislación laboralExcepción: ejecución por las CCAA
8.aLegislación civilExcepción: derechos forales
17.aSeguridad SocialExcepción: ejecución por las CCAA
18.aBases de Administración públicaOposiciones administrativas
29.aSeguridad públicaOposiciones policiales
32.aConsultas por referéndumEs la última materia

”Exclusiva” no siempre significa monopolio total

Dato clave para el examen: Que una competencia sea “exclusiva” del Estado no siempre significa que las CCAA no tengan ninguna participación. Hay varias fórmulas:

FórmulaEjemploSignificado
Exclusiva puraArt. 149.1.3.a (relaciones internacionales)Solo el Estado
Bases + desarrolloArt. 149.1.13.a (planificación económica)El Estado dicta las bases; las CCAA desarrollan
Legislación + ejecuciónArt. 149.1.7.a (legislación laboral)El Estado legisla; las CCAA ejecutan
Legislación básica + normas adicionalesArt. 149.1.23.a (medio ambiente)El Estado dicta legislación básica; las CCAA pueden establecer normas de protección adicional

Ubicación del artículo 149

DatoDetalle
TítuloVIII - De la Organización Territorial del Estado
CapítuloIII - De las Comunidades Autónomas
RelaciónComplementario del artículo 148 (competencias que pueden asumir las CCAA)

Relación con otros artículos de la Constitución

ArtículoRelación con el art. 149
Art. 137Organización territorial del Estado
Art. 148Competencias que pueden asumir las CCAA (complementario del 149)
Art. 150Leyes marco, de transferencia y de armonización (mecanismos de flexibilización)
Art. 153Control de la actividad de las CCAA
Art. 155Intervención estatal en CCAA

Artículo 149 en exámenes de oposiciones

Preguntas tipo test frecuentes

1. Número de materias:

  • “El artículo 149.1 enumera 33 materias exclusivas del Estado.” Falso: son 32, de la 1.a a la 32.a.

2. Cláusula residual:

  • “Las materias no atribuidas al Estado son automáticamente de las CCAA.” Falso: solo si las asumen en sus Estatutos. Si no, son del Estado.

3. Prevalencia:

  • “Las normas autonómicas prevalecen sobre las estatales en competencias exclusivas de las CCAA.” Verdadero: la prevalencia del derecho estatal no se aplica a las competencias exclusivas de las CCAA.

4. Supletoriedad:

  • “El derecho autonómico es supletorio del estatal.” Falso: es al revés. El derecho estatal es supletorio del de las CCAA.

5. Seguridad pública:

  • “La seguridad pública es competencia compartida entre Estado y CCAA.” Matizable: es competencia exclusiva del Estado (149.1.29.a), pero las CCAA pueden crear policías autonómicas.

Truco de memoria

Para las tres reglas del artículo 149.3, usa RPS:

  • Residual (lo no asumido por Estatutos es del Estado)
  • Prevalencia (norma estatal prevalece en conflicto)
  • Supletoriedad (derecho estatal suple vacíos autonómicos)

Para la primera y última materia: “De la 1.a (igualdad) a la 32.a (referéndum)”.

En resumen

El artículo 149 de la Constitución Española enumera 32 materias de competencia exclusiva del Estado, establece que la cultura es un deber estatal compatible con las competencias autonómicas, y cierra el sistema con tres reglas: cláusula residual (lo no asumido por Estatutos es del Estado), prevalencia del derecho estatal y supletoriedad. Para oposiciones, es esencial saber que “exclusiva” admite matices (bases/desarrollo, legislación/ejecución) y conocer las tres reglas del apartado 3.

Consulta el texto completo del artículo 149 y repásalo con el temario de Red Opositor. Practica con el test del artículo 149 y las flashcards. Las 32 materias son difíciles de memorizar: la práctica activa con tests te ayudará a fijar los bloques temáticos.

Descarga la guía gratuita y consulta nuestra guía de la Constitución para oposiciones.

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