Historia de la Constitución de 1978
La Constitución Española de 1978 no surgió de la nada. Es el resultado de casi dos siglos de tradición constitucional española, marcada por vaivenes entre liberalismo y absolutismo, repúblicas y monarquías, estabilidad y golpes de Estado. Conocer este contexto histórico te ayuda a entender por qué la Constitución actual dice lo que dice, y en oposiciones, las preguntas sobre antecedentes históricos aparecen con frecuencia, especialmente en convocatorias de grupos A y B.
La tradición constitucional española antes de 1978
España ha tenido más constituciones que la mayoría de los países europeos. Esta inestabilidad constitucional es, precisamente, lo que explica muchas decisiones del constituyente de 1978.
Cronologia de las constituciones españolas
| Año | Constitución | Tipo | Vigencia |
|---|---|---|---|
| 1812 | Constitución de Cádiz | Liberal, progresista | 1812-1814, 1820-1823, 1836-1837 |
| 1834 | Estatuto Real | Carta otorgada, moderada | 1834-1836 |
| 1837 | Constitución de 1837 | Progresista | 1837-1845 |
| 1845 | Constitución de 1845 | Moderada, conservadora | 1845-1868 |
| 1869 | Constitución de 1869 | Democrática, progresista | 1869-1873 |
| 1876 | Constitución de la Restauración | Moderada, flexible | 1876-1923 |
| 1931 | Constitución de la II Republica | Democrática, progresista | 1931-1939 |
| 1978 | Constitución actual | Consensuada, democrática | 1978-presente |
Patrones históricos
De esta cronologia se extraen tres patrones que los constituyentes de 1978 tenían presentes:
- Alternancia entre constituciones de partido: Históricamente, cada cambió político traia una nueva constitución impuesta por el bando vencedor. La Constitución de 1978 rompio este patrón mediante el consenso.
- Inestabilidad constitucional: Ninguna constitución anterior habia durado más de 50 años (la de 1876 es la que más se acerco). La de 1978 ya supera los 47 años y está a punto de convertirse en la más longeva de la historia constitucional española.
- Tensión entre centralismo y descentralismo: El Estado unitario frente a las aspiraciones de autogobierno de territorios como Cataluña, el País Vasco o Galicia. El Título VIII intento resolver está tensión con un modelo de Estado abierto.
Antecedentes directos: la Constitución de 1931
La Constitución de la II Republica (1931) es el antecedente más directo de la de 1978, tanto por influencia positiva (derechos que se retoman) como negativa (errores que se intentan evitar).
Similitudes con la Constitución de 1978
- Catalogo amplio de derechos fundamentales.
- Tribunal de Garantías Constitucionales (precedente del Tribunal Constitucional actual).
- Organización territorial descentralizada (Estatutos de Autonomía).
- Soberanía popular.
Diferencias con la Constitución de 1978
| Aspecto | Constitución de 1931 | Constitución de 1978 |
|---|---|---|
| Forma política | Republica | Monarquía parlamentaria |
| Consenso | Constitución de mayoría (izquierda) | Constitución de consenso |
| Religion | Estado laico militante (art. 26) | Aconfesionalidad con cooperación (art. 16) |
| Derechos sociales | Amplios pero poco protegidos | Principios rectores con art. 53.3 |
| Duración | 8 años (1931-1939) | 47+ años (1978-presente) |
Lección aprendida
La Constitución de 1931 fracaso en parte porque fue percibida como una constitución de partido (la izquierda), que no contaba con el apoyo de amplios sectores de la sociedad. Los constituyentes de 1978 aprendieron está lección: el consenso era imprescindible para que la nueva constitución fuera duradera.
El franquismo y las “Leyes Fundamentales”
Durante la dictadura de Franco (1939-1975), España no tuvo una constitución en sentido propio, sino un conjunto de Leyes Fundamentales que el régimen fue promulgando a lo largo de los años:
- Fuero del Trabajo (1938)
- Ley Constitutiva de las Cortes (1942)
- Fuero de los Españoles (1945)
- Ley de Referendum Nacional (1945)
- Ley de Sucesión en la Jefatura del Estado (1947)
- Ley de Principios del Movimiento Nacional (1958)
- Ley Orgánica del Estado (1967)
Estas leyes no configuraban un sistema democrático: no habia separación de poderes, no habia partidos políticos, no habia derechos fundamentales en sentido estricto y el poder se concentraba en la figura del dictador.
Para el examen: Las Leyes Fundamentales del franquismo se preguntan ocasionalmente como contexto de la Transición. Lo más importante es saber qué no eran una constitución democrática y que la Ley para la Reforma Política (1977) las derogaba.
La Transición: de Franco a la Constitución
Cronologia esencial
| Fecha | Acontecimiento |
|---|---|
| 20 noviembre 1975 | Muerte de Franco |
| 22 noviembre 1975 | Proclamación de Juan Carlos I como Rey |
| 1 julio 1976 | Dimisión de Arias Navarro; nombramiento de Adolfo Suarez |
| 18 noviembre 1976 | Las Cortes franquistas aprueban la Ley para la Reforma Política |
| 15 diciembre 1976 | Referendum: el pueblo ratifica la Ley para la Reforma Política |
| 9 abril 1977 | Legalización del Partido Comunista (PCE) |
| 15 junio 1977 | Primeras elecciones democráticas |
| 25 octubre 1977 | Pactos de la Moncloa |
| Agosto 1977 - abril 1978 | Trabajo de la ponencia constitucional |
| 31 octubre 1978 | Aprobación por las Cortes |
| 6 diciembre 1978 | Referendum constitucional |
| 29 diciembre 1978 | Publicación en el BOE y entrada en vigor |
Para un análisis detallado del proceso de elaboración, consulta nuestro artículo sobre cómo se elaboró la Constitución de 1978.
La Ley para la Reforma Política: el puente legal
La genialidad de la Transición española fue pasar de la dictadura a la democracia utilizando la propia legalidad franquista. La Ley para la Reforma Política (Ley 1/1977) fue aprobada por las Cortes franquistas, que de facto aprobaron su propia disolución.
Esta ley:
- Estableció Cortes bicamerales elegidas por sufragio universal.
- Reconoció los derechos fundamentales como inviolables.
- Atribuyo al Rey la potestad de convocar referéndum.
- Abrio la puerta al proceso constituyente.
Para el examen: La Ley para la Reforma Política es una de las fechas más preguntadas. Aprobada por las Cortes en noviembre de 1976, referéndum en diciembre de 1976, publicada en enero de 1977.
Influencias constitucionales europeas
Los ponentes de la Constitución de 1978 no trabajaron en el vacio. Se inspiraron en las constituciones europeas más modernas y prestigiosas:
Ley Fundamental de Bonn (Alemania, 1949)
La influencia más importante. De ella se tomaron:
- El concepto de Estado social y democrático de Derecho (art. 1.1 CE).
- El modelo de Tribunal Constitucional como guardián de la Constitución (Título IX).
- La moción de censura constructiva (art. 113 CE): para derribar al Gobierno hay que proponer un candidato alternativo.
- El sistema de protección de derechos fundamentales con recurso de amparo.
Constitución italiana de 1947
- Catalogo extenso de derechos fundamentales y sociales.
- El modelo de organización territorial con autonomías regionales.
- Los principios rectores de política social (Capítulo III del Título I CE).
Constitución portuguesa de 1976
- La experiencia de transición desde una dictadura (el Estado Novo de Salazar/Caetano).
- Los derechos sociales y su formulación constitucional.
- Proximidad temporal y cultural con el proceso español.
Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950)
- El artículo 10.2 CE establece que los derechos fundamentales se interpretan conforme a la DUDH y los tratados internacionales ratificados por España.
- El CEDH es el parámetro internacional de referencia para la interpretación de los derechos.
El consenso como método y como resultado
La palabra que define la Constitución de 1978 es consenso. A diferencia de las constituciones del siglo XIX (impuestas por el partido ganador), la de 1978 fue el resultado de negociaciones entre todas las fuerzas políticas:
- La derecha (AP) acepto el Estado social y los derechos sociales.
- La izquierda (PSOE, PCE) acepto la monarquía y la economía de mercado.
- Los nacionalistas aceptaron la unidad de España a cambió del derecho a la autonomía.
- UCD, como partido de centro, ejercio de bisagra.
Este consenso explica:
- La ambiguedad de ciertos artículos (especialmente el Título VIII sobre organización territorial).
- La amplitud del catalogo de derechos (para satisfacer a izquierda y derecha).
- La rigidez de la reforma (para evitar que un partido pudiera cambiarla unilateralmente).
Datos históricos que se preguntan en oposiciones
| Dato | Respuesta |
|---|---|
| Fecha del referéndum constitucional | 6 de diciembre de 1978 |
| Porcentaje de votos a favor | 87,78% |
| Porcentaje de participación | 67,11% |
| Fecha de aprobación por las Cortes | 31 de octubre de 1978 |
| Fecha de sanción real | 27 de diciembre de 1978 |
| Fecha de publicación en el BOE | 29 de diciembre de 1978 |
| Número de padres de la Constitución | 7 |
| Partido de Peces-Barba | PSOE |
| Partido de Sole Tura | PCE |
| Partido de Fraga | AP |
| Constitución europea más influyente | Ley Fundamental de Bonn (Alemania) |
| Número de reformas | 2 (1992 y 2011) |
En resumen
La Constitución Española de 1978 es el resultado de casi dos siglos de tradición constitucional, marcada por la inestabilidad y las constituciones de partido. Los constituyentes aprendieron de los errores del pasado (especialmente de la Constitución de 1931) y aplicaron el principio de consenso para crear un texto que todas las fuerzas políticas pudieran aceptar. Las influencias principales fueron la Ley Fundamental de Bonn (Estado social y democrático de Derecho, Tribunal Constitucional, moción de censura constructiva), la Constitución italiana (derechos sociales, organización territorial) y la portuguesa (transición desde dictadura). Para oposiciones, memoriza las fechas clave, los nombres de los padres de la Constitución y las influencias europeas.
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