Artículo 113. Moción de censura
Constitución Española de 1978
Título V: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes GeneralesEl Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura.
La moción de censura deberá ser propuesta al menos por la décima parte de los Diputados, e incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno.
La moción de censura no podrá ser votada hasta que transcurran cinco días desde su presentación. En los dos primeros días de dicho plazo podrán presentarse mociones alternativas.
Si la moción de censura no fuere aprobada por el Congreso, sus signatarios no podrán presentar otra durante el mismo periodo de sesiones.
Preguntas frecuentes
Es una moción de censura que debe incluir un candidato alternativo a la Presidencia del Gobierno. Si se aprueba, el candidato queda automáticamente investido. Se regula en el art. 113 CE.
Al menos la décima parte de los Diputados, es decir, 35 de 350. Para su aprobación se requiere mayoría absoluta (176 votos).