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Artículo 53. Garantías de los derechos y libertades

Constitución Española de 1978

Título I: De los Derechos y Deberes Fundamentales
1.

a).

2.

en el artículo 30.

3.

.

Preguntas frecuentes

Los reconocidos en el artículo 14 y en la Sección 1a del Capítulo II (arts. 15-29), más la objeción de conciencia del artículo 30 (art. 53.2 CE).

Nivel máximo (arts. 14-29): recurso de amparo y procedimiento preferente y sumario. Nivel intermedio (arts. 30-38): reserva de ley y contenido esencial. Nivel básico (arts. 39-52): informan la legislación y solo son alegables según las leyes que los desarrollen.

Según el TC (STC 11/1981), son las facultades necesarias para que el derecho sea recognoscible como tal y sin las cuales desnaturalizaria su contenido. La ley debe respetarlo siempre.

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