Artículo 1. Estado social y democrático de Derecho
Constitución Española de 1978
Título PreliminarEl artículo 1 de la Constitución Española define a España como un Estado social y democrático de Derecho. Establece los cuatro valores superiores del ordenamiento jurídico (libertad, justicia, igualdad y pluralismo político), la soberanía popular y la Monarquía parlamentaria como forma política del Estado. Es uno de los artículos más preguntados en oposiciones.
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
La soberanía nacional reside en el pueblo español , del que emanan los poderes del Estado.
La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
Preguntas frecuentes
Según el artículo 1.1 de la Constitución, los valores superiores son la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
La Monarquía parlamentaria, según establece el artículo 1.3 de la Constitución Española.
La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado (art. 1.2 CE).