Cómo se elaboró la Constitución de 1978
En resumen: La CE de 1978 fue redactada por 7 ponentes, aprobada por las Cortes el 31 de octubre y ratificada en referéndum el 6 de diciembre con un 87,78% de síes.
Entender cómo se elaboró la Constitución Española de 1978 no es solo una cuestión de cultura general. En los exámenes de oposiciones, las preguntas sobre el proceso constituyente, los padres de la Constitución y las fechas clave aparecen con regularidad. Además, conocer el contexto histórico te ayuda a comprender por qué ciertos artículos dicen lo que dicen, lo que facilita su memorización.
En este artículo recorremos todo el proceso: desde la muerte de Franco hasta el referéndum del 6 de diciembre de 1978, pasando por la ponencia constitucional, los debates parlamentarios y las claves que los tribunales preguntan en los exámenes.
El contexto: de la dictadura a la democracia
La muerte de Franco y el inicio de la Transición
El 20 de noviembre de 1975 muere el general Francisco Franco. Le sucede como Jefe del Estado el Rey Juan Carlos I, designado por el propio Franco conforme a la Ley de Sucesión. España se encontraba ante un momento histórico: pasar de una dictadura de casi cuatro décadas a un sistema democrático sin que se produjera una ruptura violenta.
El gobierno de Arias Navarro
Tras la muerte de Franco, el Presidente del Gobierno era Carlos Arias Navarro, que había sido designado por Franco en 1974. Arias Navarro intentó una reforma limitada del régimen, pero sus propuestas fueron consideradas insuficientes tanto por los reformistas del propio régimen como por la oposición democrática. El Rey le pidió la dimisión el 1 de julio de 1976.
Adolfo Suárez y la Ley para la Reforma Política
El Rey nombró como nuevo Presidente del Gobierno a Adolfo Suárez, un político joven que procedía del Movimiento Nacional pero que apostaba por una transición hacia la democracia. La jugada clave de Suárez fue la Ley para la Reforma Política (Ley 1/1977, de 4 de enero), aprobada por las propias Cortes franquistas el 18 de noviembre de 1976 y ratificada en referéndum el 15 de diciembre de 1976.
Esta ley fue fundamental porque:
- Establecía unas Cortes bicamerales (Congreso y Senado) elegidas por sufragio universal.
- Reconocía los derechos fundamentales de la persona como inviolables.
- Atribuía al Rey la potestad de convocar referéndum.
- Abría la puerta a un proceso constituyente.
En el examen: La Ley para la Reforma Política es una de las fechas más preguntadas. Recuerda: aprobada por las Cortes franquistas en noviembre de 1976, referéndum en diciembre de 1976, publicada en enero de 1977.
Las elecciones del 15 de junio de 1977
El 15 de junio de 1977 se celebraron las primeras elecciones democráticas en España desde 1936. Los resultados fueron:
- UCD (Unión de Centro Democrático, Adolfo Suárez): 165 escaños. Ganador sin mayoría absoluta.
- PSOE (Partido Socialista Obrero Español, Felipe González): 118 escaños. Principal partido de la oposición.
- PCE (Partido Comunista de España, Santiago Carrillo): 20 escaños.
- AP (Alianza Popular, Manuel Fraga): 16 escaños.
- Partidos nacionalistas (PNV, CiU y otros): varios escaños.
Estas Cortes, aunque no fueron convocadas formalmente como constituyentes, asumieron de facto la tarea de elaborar una nueva Constitución.
En el examen: La fecha del 15 de junio de 1977 aparece con frecuencia. También preguntan si las Cortes fueron convocadas como constituyentes (técnicamente no, pero ejercieron como tales).
El proceso de elaboración de la Constitución
La ponencia constitucional
El Congreso de los Diputados creó una Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas. Dentro de esta comisión se designó una ponencia de siete miembros encargada de redactar el anteproyecto de Constitución. Estos siete ponentes son conocidos como los “padres de la Constitución”.
Los padres de la Constitución
Los siete ponentes fueron:
- Gabriel Cisneros Laborda (UCD).
- José Pedro Pérez-Llorca (UCD).
- Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón (UCD).
- Gregorio Peces-Barba (PSOE).
- Jordi Solé Tura (PCE - Partido Comunista).
- Manuel Fraga Iribarne (AP - Alianza Popular).
- Miquel Roca Junyent (Minoría Catalana - CiU).
Truco para memorizar: Tres de UCD (el partido del gobierno), uno del PSOE, uno del PCE, uno de AP y uno de la Minoría Catalana. La composición reflejaba el arco parlamentario, con predominio de UCD pero representación de todas las fuerzas principales.
En el examen: Los nombres de los padres de la Constitución se preguntan con frecuencia. Las preguntas más habituales son:
- Cuántos eran (7).
- A qué partidos representaban.
- Cuál representaba al PSOE (Peces-Barba).
- Cuál representaba al PCE (Solé Tura).
- Cuál representaba a AP (Fraga).
- Cuál representaba a la Minoría Catalana (Roca).
El trabajo de la ponencia
La ponencia trabajó entre agosto de 1977 y abril de 1978. El proceso no fue sencillo:
- Las reuniones fueron en gran parte secretas, lo que generó polémica.
- Se produjeron filtraciones a la prensa del borrador, lo que obligó a publicar el texto antes de lo previsto.
- Peces-Barba (PSOE) abandonó temporalmente la ponencia en marzo de 1978 por desacuerdos sobre la educación y los derechos económicos, aunque se reincorporó antes de la votación final.
- El consenso fue el principio rector: se buscaba un texto que todas las fuerzas políticas pudieran aceptar, aunque ninguna lo considerara perfecto.
El concepto de “consenso”
El consenso es la palabra que define todo el proceso constituyente. La Constitución no fue impuesta por un partido ni por una ideología. Fue el resultado de negociaciones, cesiones y compromisos entre fuerzas políticas muy diferentes:
- La derecha (AP) aceptó un Estado social y democrático de Derecho, con amplios derechos sociales.
- La izquierda (PSOE, PCE) aceptó la monarquía parlamentaria y la economía de mercado.
- Los nacionalistas aceptaron la unidad de España a cambió del reconocimiento del derecho a la autonomía (Título VIII).
- UCD, como partido de centro, ejerció de bisagra entre todas las posiciones.
En el examen: El concepto de consenso aparece en preguntas teóricas sobre la naturaleza de la Constitución. La respuesta es siempre que la Constitución de 1978 es una constitución de consenso, no de imposición.
La tramitación parlamentaria
En el Congreso de los Diputados
- Anteproyecto de la ponencia: Publicado en el Boletín Oficial de las Cortes el 5 de enero de 1978.
- Comisión de Asuntos Constitucionales: Debatió y enmendó el anteproyecto entre mayo y junio de 1978.
- Pleno del Congreso: Aprobó el proyecto entre julio de 1978.
En el Senado
- Comisión Constitucional del Senado: Debatió el texto aprobado por el Congreso.
- Pleno del Senado: Aprobó su versión con modificaciones.
Comisión Mixta Congreso-Senado
Dado que el texto aprobado por el Congreso y el del Senado presentaban diferencias, se constituyó una Comisión Mixta para armonizar ambos textos. Esta Comisión produjo el texto definitivo.
Votación final en ambas Cámaras
El 31 de octubre de 1978, ambas Cámaras votaron el texto definitivo:
- Congreso de los Diputados: 325 votos a favor, 6 en contra, 14 abstenciones.
- Senado: 226 votos a favor, 5 en contra, 8 abstenciones.
En el examen: La fecha del 31 de octubre de 1978 se pregunta como la fecha de aprobación de la Constitución por las Cortes. No confundir con la fecha del referéndum (6 de diciembre) ni con la de publicación en el BOE (29 de diciembre).
El referéndum del 6 de diciembre de 1978
El texto aprobado por las Cortes fue sometido a referéndum el 6 de diciembre de 1978. Los resultados:
- Censo electoral: 26.632.180 electores.
- Participación: 67,11%.
- Votos a favor: 87,78% de los votos emitidos.
- Votos en contra: 7,83%.
- Abstención: 32,89%.
La Constitución fue aprobada por una amplia mayoría, aunque la abstención fue significativa, especialmente en el País Vasco, donde el PNV había pedido la abstención por considerar insuficiente el reconocimiento de los derechos históricos.
En el examen: Las preguntas sobre el referéndum se centran en:
- La fecha: 6 de diciembre de 1978.
- El porcentaje de votos a favor: 87,78% (aproximadamente el 88%).
- La participación: 67,11% (aproximadamente el 67%).
Truco para memorizar las fechas clave
- 31 de octubre de 1978: Aprobación por las Cortes (Halloween constitucional).
- 6 de diciembre de 1978: Referéndum (Día de la Constitución, festivo nacional).
- 27 de diciembre de 1978: Sanción por el Rey.
- 29 de diciembre de 1978: Publicación en el BOE y entrada en vigor.
En el examen: La pregunta “La Constitución entró en vigor el…” tiene como respuesta el 29 de diciembre de 1978, fecha de su publicación en el BOE. No es el 6 de diciembre (referéndum) ni el 27 de diciembre (sanción real).
Sanción real y entrada en vigor
El 27 de diciembre de 1978, el Rey Juan Carlos I sancionó la Constitución ante las Cortes Generales en sesión conjunta.
El 29 de diciembre de 1978, la Constitución fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Conforme a su Disposición Final, la Constitución entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE.
Características de la Constitución de 1978
Los tribunales de oposiciones preguntan frecuentemente sobre las características formales de la Constitución:
Estructura
- Preámbulo: Declaración de intenciones, sin valor jurídico vinculante directo.
- Título Preliminar (artículos 1-9): Principios fundamentales del Estado.
- Título I (artículos 10-55): Derechos y deberes fundamentales.
- Título II (artículos 56-65): La Corona.
- Título III (artículos 66-96): Las Cortes Generales.
- Título IV (artículos 97-107): El Gobierno y la Administración.
- Título V (artículos 108-116): Relaciones Gobierno-Cortes.
- Título VI (artículos 117-127): El Poder Judicial.
- Título VII (artículos 128-136): Economía y Hacienda.
- Título VIII (artículos 137-158): Organización territorial del Estado.
- Título IX (artículos 159-165): Tribunal Constitucional.
- Título X (artículos 166-169): Reforma constitucional.
- 4 Disposiciones Adicionales, 9 Disposiciones Transitorias, 1 Disposición Derogatoria y 1 Disposición Final.
Para un resumen detallado de cada título, consulta nuestro artículo sobre los 10 Títulos de la Constitución.
Clasificación formal
- Escrita y codificada: Contenida en un documento único.
- Extensa: 169 artículos (de las más largas de Europa).
- Rígida: Su reforma requiere procedimientos agravados (Título X).
- Consensuada: Resultado del acuerdo entre fuerzas políticas diversas.
- Derivada: Se inspira en constituciones europeas (alemana, italiana, portuguesa).
- Normativa: Tiene fuerza jurídica directa (no es meramente programática).
- Monárquica: Establece la monarquía parlamentaria como forma política del Estado.
En el examen: Las preguntas sobre clasificación formal son frecuentes. Las trampas incluyen: decir que es “flexible” (es rígida), que es “breve” (es extensa) o que es “otorgada” (es consensuada/pactada).
Influencias constitucionales
La Constitución de 1978 no se creó en el vacío. Los ponentes se inspiraron en:
- Ley Fundamental de Bonn (Alemania, 1949): Modelo de Estado social y democrático de Derecho, Tribunal Constitucional, moción de censura constructiva.
- Constitución italiana de 1947: Catálogo de derechos fundamentales, organización territorial.
- Constitución portuguesa de 1976: Derechos sociales, transición desde dictadura.
- Constitución española de 1931: Precedente republicano español, antecedentes del Tribunal de Garantías Constitucionales.
- Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y Convenio Europeo de Derechos Humanos (1950): Interpretación de los derechos fundamentales (artículo 10.2 CE).
En el examen: La influencia más preguntada es la de la Ley Fundamental de Bonn (Alemania), especialmente en relación con el modelo de Tribunal Constitucional y la moción de censura constructiva.
Las reformas de la Constitución
Desde 1978, la Constitución solo ha sido reformada en dos ocasiones:
Primera reforma (1992)
- Artículo reformado: 13.2 (derecho de sufragio de extranjeros en elecciones municipales).
- Motivo: Adaptación al Tratado de Maastricht de la Unión Europea, que exigía reconocer el derecho de sufragio pasivo (ser elegido) a los ciudadanos europeos en elecciones municipales.
- Procedimiento: Reforma ordinaria (artículo 167).
Segunda reforma (2011)
- Artículo reformado: 135 (estabilidad presupuestaria).
- Motivo: Crisis económica. Se estableció el principio de estabilidad presupuestaria y el límite de déficit estructural.
- Procedimiento: Reforma ordinaria (artículo 167).
En el examen: Las dos reformas se preguntan con frecuencia. Memoriza: 1992 = artículo 13.2 (extranjeros + Maastricht) y 2011 = artículo 135 (estabilidad presupuestaria).
Por qué importa la historia para tu examen
Conocer el proceso de elaboración de la Constitución te ayuda en el examen de varias formas:
- Preguntas directas: Fechas, nombres, mayorías de aprobación.
- Contexto para entender artículos: Saber que el Título VIII fue el más polémico te ayuda a entender por qué es tan ambiguo.
- Clasificación formal: Escrita, rígida, consensuada, extensa, derivada.
- Principio de consenso: Aparece en preguntas teóricas y de desarrollo.
Los Pactos de la Moncloa
Paralelamente al proceso constituyente, se firmaron los Pactos de la Moncloa el 25 de octubre de 1977. Estos acuerdos, firmados por el Gobierno de Suárez y los principales partidos políticos, tenían dos vertientes:
Acuerdo sobre el programa de saneamiento y reforma de la economía
- Control de la inflación (que superaba el 26% en 1977).
- Reforma fiscal progresiva.
- Reforma del sistema financiero.
- Control del gasto público.
Acuerdo sobre el programa de actuación jurídica y política
- Libertad de expresión y derecho de reunión.
- Regulación de los partidos políticos.
- Reforma del Código Penal (despenalización del adulterio, por ejemplo).
- Reconocimiento de los sindicatos.
Los Pactos de la Moncloa fueron fundamentales porque crearon el clima de estabilidad necesario para que el proceso constituyente avanzara. Sin ese acuerdo económico y político básico, la elaboración de la Constitución habría sido mucho más conflictiva.
En el examen: Los Pactos de la Moncloa se preguntan como contexto de la Transición. La fecha clave es octubre de 1977, firmados por el Gobierno y los principales partidos con representación parlamentaria.
El golpe de Estado del 23-F
Aunque posterior a la aprobación de la Constitución, el intento de golpe de Estado del 23 de febrero de 1981 es relevante porque puso a prueba el sistema constitucional recién creado. El teniente coronel Antonio Tejero irrumpió en el Congreso de los Diputados durante la votación de investidura de Leopoldo Calvo-Sotelo.
El fracaso del golpe consolidó la democracia española y el sistema constitucional. La intervención del Rey Juan Carlos I, defendiendo el orden constitucional, fue determinante.
En el examen: El 23-F no es una pregunta directa sobre la Constitución, pero puede aparecer en contextos de cultura general o historia de la democracia española. Lo relevante es que demostró la solidez del nuevo sistema constitucional.
Cómo estudiar el proceso constituyente
- Memoriza la cronología: Muerte de Franco (1975), Reforma Política (1976), Elecciones (1977), Aprobación Cortes (31/10/1978), Referéndum (6/12/1978), BOE (29/12/1978).
- Memoriza los padres de la Constitución: Nombres y partidos.
- Crea una ficha con los datos del referéndum: fecha, participación, porcentaje a favor.
- Escucha episodios de podcast sobre la historia constitucional. Las narrativas históricas se retienen mejor en formato auditivo que en lectura de datos sueltos.
- Relaciona historia con articulado: El consenso explica por qué muchos artículos usan fórmulas ambiguas.
Consulta también nuestra guía completa sobre cómo estudiar la Constitución para integrar este tema en tu plan de preparación.
Conclusión
El proceso de elaboración de la Constitución de 1978 es un tema que combina historia, derecho y política. En oposiciones, las preguntas se centran en fechas, nombres y datos concretos: los padres de la Constitución, la fecha del referéndum, los porcentajes de aprobación, las dos reformas. Son datos que, una vez memorizados, te dan puntos seguros.
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Pero más allá de los datos, entender el contexto de la Transición y el espíritu de consenso que guio todo el proceso te ayuda a comprender y memorizar mejor el articulado. Una Constitución no es un texto abstracto: es el producto de un momento histórico concreto, de unas negociaciones concretas entre personas concretas.
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