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Artículo 148 CE: las 22 competencias autonómicas (explicadas)

Artículo 148 CE: las 22 competencias autonómicas (explicadas)

Actualizado: 17 de abril de 2026
17 min de lectura

El artículo 148 de la Constitución Española enumera las 22 materias que las Comunidades Autónomas pueden asumir en sus Estatutos de Autonomía. Además, establece la posibilidad de ampliar competencias transcurridos cinco años. Es un artículo extenso y fundamental para entender el Estado de las Autonomías, y se pregunta con frecuencia en oposiciones. Descarga nuestro esquema visual del Título VIII para facilitar la memorización de la organización territorial.

Texto literal del artículo 148

1. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:

1.ª Organización de sus instituciones de autogobierno. 2.ª Las alteraciones de los términos municipales comprendidos en su territorio y, en general, las funciones que correspondan a la Administración del Estado sobre las Corporaciones locales y cuya transferencia autorice la legislación sobre Régimen Local. 3.ª Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. 4.ª Las obras públicas de interés de la Comunidad Autónoma en su propio territorio. 5.ª Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Comunidad Autónoma y, en los mismos términos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable. 6.ª Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales. 7.ª La agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía. 8.ª Los montes y aprovechamientos forestales. 9.ª La gestión en materia de protección del medio ambiente. 10.ª Los proyectos, construcción y explotación de los aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos de interés de la Comunidad Autónoma; las aguas minerales y termales. 11.ª La pesca en aguas interiores, el marisqueo y la acuicultura, la caza y la pesca fluvial. 12.ª Ferias interiores. 13.ª El fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional. 14.ª La artesanía. 15.ª Museos, bibliotecas y conservatorios de música de interés de la Comunidad Autónoma. 16.ª Patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma. 17.ª El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma. 18.ª Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial. 19.ª Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio. 20.ª Asistencia social. 21.ª Sanidad e higiene. 22.ª La vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones. La coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica.

2. Transcurridos cinco años, y mediante la reforma de sus Estatutos, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el artículo 149.

Las 22 materias organizadas por bloques

Para facilitar el estudio, las 22 materias se agrupan temáticamente:

Organización institucional y territorial

N.ºMateria
1.ªOrganización de instituciones de autogobierno
2.ªAlteraciones de términos municipales y funciones sobre corporaciones locales

Infraestructuras y transporte

N.ºMateria
3.ªOrdenación del territorio, urbanismo y vivienda
4.ªObras públicas de interés autonómico
5.ªFerrocarriles y carreteras íntegramente en la CCAA
6.ªPuertos de refugio, puertos y aeropuertos deportivos

Economía primaria y medio ambiente

N.ºMateria
7.ªAgricultura y ganadería
8.ªMontes y aprovechamientos forestales
9.ªGestión de protección del medio ambiente
10.ªAprovechamientos hidráulicos, canales, regadíos, aguas minerales
11.ªPesca en aguas interiores, marisqueo, acuicultura, caza, pesca fluvial

Economía y comercio

N.ºMateria
12.ªFerias interiores
13.ªFomento del desarrollo económico autonómico
14.ªArtesanía

Cultura y educación

N.ºMateria
15.ªMuseos, bibliotecas y conservatorios de música
16.ªPatrimonio monumental autonómico
17.ªFomento de cultura, investigación y enseñanza de la lengua autonómica

Servicios y seguridad

N.ºMateria
18.ªTurismo
19.ªDeporte y ocio
20.ªAsistencia social
21.ªSanidad e higiene
22.ªVigilancia de edificios y coordinación de policías locales

Artículo 148.2: Ampliación de competencias

Transcurridos cinco años desde la aprobación del Estatuto de Autonomía, las CCAA pueden ampliar sus competencias mediante reforma estatutaria, siempre dentro del marco del artículo 149 (competencias exclusivas del Estado).

Este plazo de cinco años fue pensado para las CCAA que accedieron a la autonomía por la vía lenta (art. 143 CE). Las CCAA que accedieron por la vía rápida (art. 151 CE) pudieron asumir desde el inicio competencias más amplias.

Trampa de examen: “Las CCAA pueden ampliar sus competencias transcurridos diez años.” Falso: el plazo es de cinco años.

Ejemplos prácticos: cómo se aplica el artículo 148 en la realidad

Para entender el alcance del artículo 148, conviene ver cómo se traduce cada bloque de competencias en la práctica diaria:

Sanidad (materia 21.ª)

La sanidad es la competencia asumida por todas las CCAA que más impacto tiene en la vida cotidiana. Cada comunidad gestiona su servicio de salud:

CCAAServicio de saludPresupuesto sanitario (aprox.)Hospitales públicos
AndalucíaSAS12.500 M euros33
CataluñaCatSalut11.000 M euros68 (red SISCAT)
MadridSERMAS9.500 M euros37
ValenciaConselleria7.800 M euros29
País VascoOsakidetza4.200 M euros16

Esto es posible porque el artículo 148.1.21.ª permite a las CCAA asumir competencias en sanidad e higiene. Sin embargo, la legislación básica sanitaria (Ley General de Sanidad) es competencia del Estado (art. 149.1.16.ª), creando un sistema de competencias compartidas.

Educación (no está en el art. 148, pero conecta con la materia 17.ª)

La materia 17.ª (fomento de la cultura, investigación y enseñanza de la lengua de la CCAA) abrió la puerta a la asunción de competencias educativas por las CCAA, que hoy gestionan los centros educativos, el profesorado y los contenidos curriculares (dentro del marco de la legislación estatal básica).

Urbanismo y vivienda (materia 3.ª)

Cada CCAA regula su propia legislación urbanística, lo que explica las diferencias en normativa de vivienda entre comunidades. Los planes generales de ordenación urbana, las licencias de obra y la protección del paisaje son competencias autonómicas gracias a esta materia.

Policías autonómicas (materia 22.ª)

La materia 22.ª (vigilancia y protección de edificios, coordinación de policías locales) fundamenta, junto con el artículo 149.1.29.ª, la existencia de policías autonómicas como los Mossos d’Esquadra, la Ertzaintza y la Policía Foral de Navarra.

Artículo 148 vs. artículo 149: tabla comparativa completa

Esta tabla resume las diferencias clave entre ambos artículos, un clásico de examen:

AspectoArtículo 148Artículo 149
TitularComunidades AutónomasEstado
N.º de materias2232
NaturalezaPotestativo (“podrán asumir”)Exclusivo del Estado (“competencia exclusiva”)
Instrumento de asunciónEstatuto de AutonomíaNo necesita instrumento (es competencia originaria)
AmpliaciónSí, tras 5 años (art. 148.2)No aplicable (son mínimos del Estado)
Cláusula residualLas no atribuidas al Estado pueden ser autonómicasLas no asumidas por CCAA corresponden al Estado
Prevalencia en conflictoCede ante el art. 149Prevalece (art. 149.3)

Dato de examen: el artículo 149.3 establece una doble cláusula residual. Las competencias no atribuidas expresamente al Estado por el art. 149 pueden ser asumidas por las CCAA en sus Estatutos. Pero las competencias no asumidas por las CCAA corresponden al Estado. En caso de conflicto, prevalece el derecho estatal.

Contexto histórico

El artículo 148, junto con el 149, configura el sistema de distribución de competencias del Estado de las Autonomías. El constituyente de 1978 optó por un modelo abierto (dispositivo): la Constitución no establece un mapa cerrado de competencias, sino que fija techos máximos y mínimos, dejando a los Estatutos de Autonomía la concreción.

En la práctica, tras más de 40 años, todas las CCAA han alcanzado niveles competenciales similares, difuminando la distinción original entre vía lenta y vía rápida.

Ubicación del artículo 148

DatoDetalle
TítuloVIII - De la organización territorial del Estado
CapítuloIII - De las Comunidades Autónomas
Artículos del Título137-158

Relación con otros artículos de la Constitución

ArtículoRelación con el art. 148
Art. 2Unidad de la nación y derecho a la autonomía
Art. 137Organización territorial: municipios, provincias y CCAA
Art. 143Acceso a la autonomía por vía ordinaria
Art. 149Competencias exclusivas del Estado
Art. 150Leyes marco, transferencia y armonización
Art. 151Acceso a la autonomía por vía especial (rápida)
Art. 152Organización institucional de las CCAA del art. 151

Artículo 148 en exámenes de oposiciones

Preguntas tipo test frecuentes

1. Número de materias:

  • “El artículo 148.1 enumera 20 materias.” Falso: son 22 materias.

2. Carácter potestativo:

  • “Las CCAA deben asumir todas las materias del artículo 148.” Falso: dice “podrán asumir”, es potestativo.

3. Plazo de ampliación:

  • “Las CCAA pueden ampliar competencias transcurridos tres años.” Falso: transcurridos cinco años.

4. Limitaciones:

  • “Las CCAA pueden asumir competencias sobre defensa.” Falso: defensa es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.4.ª).

5. Ferrocarriles y carreteras:

  • “Las CCAA tienen competencia sobre todas las carreteras de su territorio.” Falso: solo sobre las cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en la CCAA.

Truco de memoria

Para recordar el artículo 148: “22 materias, 5 años para ampliar”. Si necesitas repasar las diferencias entre los niveles de protección de derechos en la Constitución, consulta nuestro esquema de derechos fundamentales vs libertades públicas.

Bloques mnemotécnicos: “Org-Infra-Campo-Eco-Cult-Serv” (Organización, Infraestructuras, Campo/medio ambiente, Economía, Cultura, Servicios).

Preguntas tipo test: Artículo 148

Estas preguntas son similares a las que aparecen en exámenes de oposiciones sobre el artículo 148 de la Constitución Española.

1. El artículo 148.1 de la Constitución Española enumera:

a) 20 materias de competencia exclusiva de las CCAA b) 22 materias que las CCAA podrán asumir c) 25 materias compartidas entre Estado y CCAA d) 32 materias de competencia autonómica

Respuesta correcta: b) — El artículo 148.1 enumera exactamente 22 materias que las CCAA “podrán asumir” en sus Estatutos de Autonomía. No son competencias exclusivas (son potestativas) y no deben confundirse con las 32 del artículo 149.

2. Según el artículo 148.2, las Comunidades Autónomas podrán ampliar sus competencias mediante reforma de sus Estatutos transcurridos:

a) Tres años desde la aprobación del Estatuto b) Cinco años desde la aprobación del Estatuto c) Diez años desde la aprobación del Estatuto d) No pueden ampliar sus competencias

Respuesta correcta: b) — El artículo 148.2 establece expresamente el plazo de cinco años. Es una de las trampas más frecuentes en exámenes, donde suelen ofrecer tres o diez años como alternativas.

3. Respecto a los ferrocarriles y carreteras, las CCAA tienen competencia sobre:

a) Todas las carreteras situadas en su territorio b) Las carreteras y ferrocarriles cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en la CCAA c) Los ferrocarriles de alta velocidad que transcurran por su territorio d) Las carreteras nacionales que atraviesen la CCAA

Respuesta correcta: b) — El artículo 148.1.5.a limita la competencia a los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle “íntegramente” en el territorio de la CCAA. Los que transcurren por más de una CCAA son competencia del Estado (art. 149.1.21.a).

4. Según el artículo 148, las Comunidades Autónomas:

a) Deben asumir obligatoriamente todas las materias enumeradas b) Podrán asumir competencias en las materias enumeradas c) Tienen competencia exclusiva sobre las materias enumeradas d) Comparten con el Estado todas las materias enumeradas

Respuesta correcta: b) — El artículo 148.1 utiliza la expresión “podrán asumir”, lo que indica que es potestativo. Las CCAA no están obligadas a asumir todas las materias; lo hacen a través de sus Estatutos de Autonomía.

5. NO es una materia incluida en el artículo 148.1 CE:

a) Asistencia social b) Defensa y Fuerzas Armadas c) Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda d) Sanidad e higiene

Respuesta correcta: b) — Defensa y Fuerzas Armadas es competencia exclusiva del Estado (art. 149.1.4.a). Las opciones a), c) y d) sí están incluidas en el artículo 148.1 como materias 20.a, 3.a y 21.a respectivamente.

Lista numerada de las 22 competencias del artículo 148.1

Para memorizar las 22 materias, esta lista numerada con palabras clave facilita el estudio:

  1. Instituciones de autogobierno — Parlamento, Gobierno, Presidente
  2. Terminos municipales — Alteraciones, funciones sobre corporaciones locales
  3. Territorio, urbanismo, vivienda — Planes urbanisticos, licencias de obra
  4. Obras públicas — De interés autonómico en su propio territorio
  5. Ferrocarriles y carreteras — Solo las integramente en la CCAA + transporte por cable
  6. Puertos y aeropuertos — Solo de refugio, deportivos, no comerciales
  7. Agricultura y ganaderia — De acuerdo con la ordenación general de la economía
  8. Montes y aprovechamientos forestales — Gestión forestal autonómica
  9. Medio ambiente — Gestión (no legislación básica, que es estatal)
  10. Aprovechamientos hidraulicos — Canales, regadios, aguas minerales y termales
  11. Pesca interior — Aguas interiores, marisqueo, acuicultura, caza, pesca fluvial
  12. Ferias interiores — Ferias comerciales dentro de la CCAA
  13. Desarrollo económico — Fomento dentro de los objetivos nacionales
  14. Artesania — Protección y fomento
  15. Museos, bibliotecas, conservatorios — De interés autonómico
  16. Patrimonio monumental — De interés autonómico
  17. Cultura, investigación, lengua — Fomento + enseñanza de la lengua propia
  18. Turismo — Promoción y ordenación en su ámbito
  19. Deporte y ocio — Promoción y adecuada utilización
  20. Asistencia social — Servicios sociales básicos
  21. Sanidad e higiene — Gestión sanitaria
  22. Vigilancia de edificios + policias locales — Coordinación mediante ley orgánica

Regla mnemotecnica por grupos

Para recordar los 6 bloques tematicos: “Org-Infra-Campo-Eco-Cult-Serv”

  • Org (1-2): Organización institucional y territorial
  • Infra (3-6): Infraestructuras y transporte
  • Campo (7-11): Economía primaria y medio ambiente
  • Eco (12-14): Economía y comercio
  • Cult (15-17): Cultura y educación
  • Serv (18-22): Servicios y seguridad

Ampliación de competencias por el artículo 148.2: mecanismo y ejemplos históricos

El apartado 2 del artículo 148 establece que transcurridos cinco años desde la aprobación del Estatuto, las CCAA pueden ampliar sus competencias mediante reforma estatutaria, dentro del marco del artículo 149.

Cómo funciona la ampliación en la práctica

PasoAcciónRequisito
1Transcurren 5 años desde la aprobación del EstatutoPlazo constitucional obligatorio
2La CCAA decide ampliar competenciasDecisión política del Parlamento autonómico
3Se elabora un proyecto de reforma del EstatutoAprobación por mayoría cualificada del Parlamento
4Se tramita en las Cortes GeneralesAprobación como Ley Orgánica por mayoría absoluta del Congreso
5Publicación en el BOEEntra en vigor con las nuevas competencias asumidas

Ejemplos históricos de ampliación

CCAAEstatuto originalReforma ampliadoraCompetencias anadir principales
Aragón19821996Educación, sanidad, servicios sociales
Canarias19821996Puertos, aeropuertos, aguas
Comunidad Valenciana19822006Justicia, medio ambiente, comercio exterior
Castilla y León19832007Función pública, universidades, investigación

Este mecanismo ha sido clave en la igualación competencial: hoy todas las CCAA tienen niveles competenciales muy similares, independientemente de si accedieron por la via rápida (art. 151) o la via lenta (art. 143).

Diferencias clave entre el artículo 148 y el artículo 149: guía de examen

Este es uno de los temas más preguntados en oposiciones. Las trampas de examen se centran en confundir ambos artículos:

Pregunta típica de examenRespuesta correctaTrampa habitual
¿Cuántas materias tiene el art. 148.1?22 materiasConfundir con 32 (que son las del art. 149)
¿Las CCAA tienen competencia exclusiva sobre el art. 148?No, es potestativo (“podrán asumir”)Asumir que son competencias exclusivas
¿Quién prevalece en conflicto: art. 148 o art. 149?Art. 149 prevalece (art. 149.3)Creer que la CCAA prevalece en su territorio
¿Qué pasa con competencias no atribuidas a nadie?Si no las asumen las CCAA, corresponden al Estado (art. 149.3)Creer que quedan en un “limbo” competencial
¿Las CCAA pueden asumir competencia sobre defensa?No, es exclusiva del Estado (art. 149.1.4.a)Pensar que el art. 148.2 permite cualquier ampliación

Artículo 149.3: la doble clausula residual

El artículo 149.3 contiene una de las disposiciones más complejas y preguntadas de la Constitución:

  1. Primera clausula: Las materias no atribuidas expresamente al Estado por el art. 149 podrán ser asumidas por las CCAA en sus Estatutos.
  2. Segunda clausula: Las competencias no asumidas por los Estatutos de las CCAA corresponderan al Estado.
  3. Regla de prevalencia: En caso de conflicto entre normas estatales y autonómicas, prevalecen las del Estado (salvo en materias de competencia exclusiva de la CCAA).
  4. Derecho supletorio: El derecho estatal será supletorio del de las CCAA en todo caso.

En resumen

El artículo 148 de la Constitución Española enumera 22 materias que las Comunidades Autónomas pueden asumir en sus Estatutos: desde la organización de sus instituciones hasta la asistencia social, pasando por urbanismo, agricultura, turismo y cultura. Transcurridos cinco años, pueden ampliar competencias mediante reforma estatutaria dentro del marco del artículo 149. Es un artículo potestativo: las CCAA “podrán” asumir estas competencias, no están obligadas.

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