Art. 159 vs 160 CE: 12 miembros del TC | Examen
En resumen: El artículo 159 CE regula la composición del Tribunal Constitucional: 12 miembros (4 del Congreso, 4 del Senado, 2 del Gobierno, 2 del CGPJ) con mandato de 9 años y renovación por tercios cada 3 años. El artículo 160 regula la elección de su presidente: propuesto por el pleno, nombrado por el Rey, mandato de 3 años.
Los artículos 159 y 160 de la Constitución Española regulan la estructura del Tribunal Constitucional: quiénes lo forman y quién lo preside. Los exámenes de oposiciones preguntan constantemente los números (12 miembros, 9 años, 3/5), las proporciones (4-4-2-2) y los plazos del presidente (3 años). Confundir estos datos entre un artículo y otro es uno de los errores más frecuentes.
Texto literal resumido
Artículo 159 CE
- El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros; cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría; dos a propuesta del Gobierno, y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
- Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional.
- Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres años.
Artículo 160 CE
El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un período de tres años.
Tabla comparativa: artículo 159 vs artículo 160
| Aspecto | Artículo 159 | Artículo 160 |
|---|---|---|
| Regula | Composición del TC | Presidencia del TC |
| Número de miembros | 12 magistrados | 1 presidente (de entre los 12) |
| Quien propone | Congreso (4), Senado (4), Gobierno (2), CGPJ (2) | El pleno del propio Tribunal |
| Quien nombra | El Rey | El Rey |
| Mayoría requerida | 3/5 (Congreso y Senado) | Mayoría del pleno del TC |
| Duración mandato | 9 años | 3 años |
| Renovación | Por terceras partes cada 3 años | Coincide con la renovación parcial |
| Requisitos personales | Juristas con 15+ años de ejercicio | Ser miembro del TC |
| Apartados | 5 apartados | Un único párrafo |
| Reelección | No se prohíbe expresamente (LOTC limita) | Reelegible una vez |
Diferencias clave para oposiciones
1. La proporción 4-4-2-2
El dato más preguntado del artículo 159 es el reparto de los 12 miembros:
| Órgano proponente | Número de magistrados | Mayoría exigida |
|---|---|---|
| Congreso | 4 | 3/5 |
| Senado | 4 | 3/5 |
| Gobierno | 2 | No se específica |
| CGPJ | 2 | No se específica |
Trampas frecuentes:
- “El Congreso propone 6 magistrados y el Senado 6.” Falso: son 4 y 4, más 2 del Gobierno y 2 del CGPJ.
- “La mayoría de 3/5 se exige a los cuatro órganos.” Falso: solo se exige expresamente al Congreso y al Senado.
- “El CGPJ propone 4 magistrados.” Falso: propone 2.
2. Mandato de 9 años vs mandato de 3 años
Los magistrados del TC tienen un mandato de 9 años (art. 159.3). El presidente del TC tiene un mandato de 3 años (art. 160). La renovación por terceras partes cada tres años implica que cada vez se renuevan 4 magistrados.
Trampa frecuente: “El presidente del TC tiene un mandato de 9 años.” Falso: tiene un mandato de 3 años, renovable una vez.
3. Quién propone al presidente
El artículo 160 establece que el presidente es propuesto por el pleno del propio Tribunal. No lo propone ni el Congreso, ni el Senado, ni el Gobierno. Es una garantía de independencia: el TC elige a su propio presidente.
Trampa frecuente: “El presidente del TC es propuesto por el Gobierno.” Falso: es propuesto por el pleno del TC.
4. Requisitos: 15 años de ejercicio
El artículo 159.2 exige que los magistrados del TC sean juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional. Los candidatos pueden ser:
- Magistrados y Fiscales
- Profesores de Universidad
- Funcionarios públicos
- Abogados
Trampa frecuente: “Se exigen 20 años de ejercicio profesional.” Falso: son 15 años. No confundir con otros requisitos de la Constitución.
5. Incompatibilidades (artículo 159.4)
El artículo 159.4 establece que los miembros del TC son independientes e inamovibles durante su mandato. La condición de miembro es incompatible con:
- Todo mandato representativo
- Cargos políticos o administrativos
- Funciones directivas en partidos o sindicatos
- El ejercicio de las carreras judicial y fiscal
- Cualquier actividad profesional o mercantil
Lo que preguntan los tribunales
- Número de miembros: “El TC se compone de 10 miembros.” Falso: son 12.
- Propuesta del Senado: “El Senado propone 2 magistrados del TC.” Falso: propone 4 (al igual que el Congreso).
- Mandato del presidente: “El presidente del TC es designado por 9 años.” Falso: por 3 años (art. 160).
- Propuesta del presidente: “El presidente del TC es propuesto por el Congreso.” Falso: por el pleno del propio TC (art. 160).
- Años de ejercicio: “Los magistrados deben tener más de 10 años de ejercicio.” Falso: más de 15 años (art. 159.2).
Preguntas tipo test con respuestas
Pregunta 1: El Tribunal Constitucional se compone de:
a) 10 miembros nombrados por el Rey b) 12 miembros nombrados por el Rey c) 12 miembros nombrados por el Congreso d) 15 miembros nombrados por el Rey
Respuesta correcta: b). El artículo 159.1 establece que el TC se compone de 12 miembros nombrados por el Rey.
Pregunta 2: Los miembros del TC a propuesta del Gobierno son:
a) 4 miembros b) 3 miembros c) 2 miembros d) 1 miembro
Respuesta correcta: c). El Gobierno propone 2 de los 12 miembros, al igual que el CGPJ. Los otros 8 proceden del Congreso (4) y del Senado (4).
Pregunta 3: El presidente del Tribunal Constitucional es nombrado:
a) Por el Congreso entre los magistrados del TC b) Por el Rey, a propuesta del pleno del TC, por 3 años c) Por el Gobierno, por un período de 9 años d) Por el CGPJ entre juristas de reconocida competencia
Respuesta correcta: b). El artículo 160 establece que el presidente es nombrado por el Rey a propuesta del pleno del TC por un período de 3 años.
Pregunta 4: Los miembros del TC deben ser juristas de reconocida competencia con más de:
a) 10 años de ejercicio profesional b) 12 años de ejercicio profesional c) 15 años de ejercicio profesional d) 20 años de ejercicio profesional
Respuesta correcta: c). El artículo 159.2 exige más de 15 años de ejercicio profesional.
Artículos conectados
Los artículos 159 y 160 se enmarcan en el Título IX de la Constitución, dedicado al Tribunal Constitucional:
- Artículo 161 CE: competencias del TC (recurso de inconstitucionalidad, amparo, conflictos).
- Artículo 162 CE: legitimación para interponer recursos ante el TC.
- Artículo 163 CE: cuestión de inconstitucionalidad planteada por jueces.
- Artículo 164 CE: efectos de las sentencias del TC.
- Artículo 165 CE: remisión a la Ley Orgánica del TC (LOTC).
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