Artículo 13. Derechos de los extranjeros en España
Constitución Española de 1978
Título I: De los Derechos y Deberes FundamentalesLos extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley.
Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales.
La extradición solo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo .
La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apatridas podrán gozar del derecho de asilo en España.
Preguntas frecuentes
Sí, si existe un tratado o ley que lo establezca atendiendo a criterios de reciprocidad (art. 13.2 CE). Solo en elecciones municipales, no en generales ni autonómicas.
No. El artículo 13.3 excluye los delitos políticos de la extradición. Sin embargo, los actos de terrorismo no se consideran delitos políticos.