Art. 23 CE: Sufragio y función pública | Oposiciones
El artículo 23 de la Constitución Española reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes elegidos por sufragio universal, y el derecho a acceder a las funciones y cargos públicos en condiciones de igualdad. Es un artículo especialmente relevante para opositores, ya que fundamenta el propio sistema de acceso a la función pública.
Texto literal del artículo 23
1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periodicas por sufragio universal.
2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes.
El artículo se divide en dos apartados que contienen derechos autónomos pero conectados entre sí.
Artículo 23.1: participación en los asuntos públicos
El primer apartado reconoce dos formas de participación política:
Participación directa
Los ciudadanos pueden participar directamente en los asuntos públicos. Las formas de participación directa previstas en la Constitución son:
- Referendum (artículo 92): Consulta popular sobre decisiones políticas de especial trascendencia.
- Iniciativa legislativa popular (artículo 87.3): Presentación de proposiciones de ley respaldadas por al menos 500.000 firmas acreditadas.
- Concejo abierto (artículo 140): Forma de gobierno municipal directo en municipios que tradicionalmente lo practican.
- Jurado (artículo 125): Participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia.
Participación representativa
Los ciudadanos participan indirectamente eligiendo a sus representantes en elecciones periodicas. Las características del sufragio son:
| Característica | Significado |
|---|---|
| Universal | Todos los ciudadanos mayores de edad tienen derecho a votar |
| Libre | Nadie puede ser coaccionado para votar en un sentido determinado |
| Igual | Cada votó tiene el mismo valor |
| Directo | Se elige directamente a los representantes, sin intermediarios |
| Secreto | Nadie puede conocer el sentido del votó de otro |
Sufragio activo y sufragio pasivo
| Tipo | Definición | Quien lo ejerce |
|---|---|---|
| Sufragio activo | Derecho a votar | Ciudadanos españoles mayores de 18 años |
| Sufragio pasivo | Derecho a ser elegido | Ciudadanos que cumplan los requisitos de elegibilidad |
Dato clave para el examen: El artículo 23 habla de “ciudadanos”, no de “todos” ni de “toda persona”. Esto significa que la participación política es un derecho vinculado a la ciudadanía española. Los extranjeros solo pueden votar en elecciones municipales y bajo condiciones de reciprocidad (artículo 13.2).
Artículo 23.2: acceso a funciones y cargos públicos
El segundo apartado reconoce dos derechos distintos:
Acceso a cargos públicos representativos
Se refiere al derecho a presentarse como candidato en elecciones (sufragio pasivo). Incluye no solo el acceso al cargo, sino también el derecho a permanecer en el y a ejercer las funciones que le son propias.
Acceso a la función pública
Se refiere al derecho a acceder a puestos de funcionario público. Este derecho se ejerce en condiciones de igualdad y “con los requisitos que señalen las leyes”.
Principios de mérito y capacidad
Aunque el artículo 23.2 no menciona expresamente los principios de mérito y capacidad, estos se recogen en el artículo 103.3:
La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad (…)
| Principio | Significado | Artículo |
|---|---|---|
| Igualdad | Todos pueden acceder sin discriminación | Art. 23.2 |
| Merito | Se valoran conocimientos y trayectoria | Art. 103.3 |
| Capacidad | Se evalua la aptitud para el puesto | Art. 103.3 |
| Publicidad | Las convocatorias deben ser públicas | Art. 103.3 |
Trampa frecuente: “El artículo 23 establece los principios de mérito y capacidad.” Falso: el artículo 23.2 habla de igualdad en el acceso; los principios de mérito y capacidad están en el artículo 103.3.
Ubicación en el sistema de derechos
El artículo 23 se encuentra en la Sección 1a del Capítulo II del Título I: “De los derechos fundamentales y de las libertades públicas” (artículos 15 a 29). Esto le otorga el máximo nivel de protección:
- Reserva de Ley Orgánica: Solo puede regularse por ley orgánica (artículo 81.1).
- Recurso de amparo: Puede invocarse directamente ante el Tribunal Constitucional (artículo 53.2).
- Procedimiento preferente y sumario: Tutela judicial reforzada ante los tribunales ordinarios (artículo 53.2).
- Rigidez en la reforma: Su modificación exige el procedimiento agravado del artículo 168.
El artículo 23 y las oposiciones
Este artículo tiene una relevancia especial para todo opositor, porque fundamenta el sistema de selección de funcionarios:
Por qué existen las oposiciones
Las oposiciones son la concreción práctica del artículo 23.2. El sistema de oposiciones garantiza:
- Igualdad: Todos los ciudadanos que reunan los requisitos pueden presentarse.
- Merito: Se evaluan los conocimientos mediante pruebas objetivas.
- Capacidad: Se comprueba que el candidato tiene las aptitudes necesarias.
- Publicidad: Las convocatorias se publican en el BOE o diarios oficiales.
Requisitos legales para opositar
El artículo 23.2 remite a “los requisitos que señalen las leyes”. Estos requisitos típicos son:
- Nacionalidad española (con excepciones para ciudadanos de la UE).
- Edad mínima (generalmente 16 o 18 años).
- Titulación exigida para el cuerpo o escala.
- No haber sido separado del servicio.
- Capacidad funcional para el desempeño del puesto.
Artículo 23 en exámenes de oposiciones
1. Sobre el sufragio
- “El sufragio universal incluye a todos los residentes en España.” Falso: incluye a los ciudadanos españoles mayores de edad (con la excepción del art. 13.2 para municipales).
- “El sufragio activo es el derecho a ser elegido.” Falso: el sufragio activo es el derecho a votar. El derecho a ser elegido es el sufragio pasivo.
2. Sobre la participación
- “La participación en los asuntos públicos solo puede ser representativa.” Falso: puede ser directa o por medio de representantes.
- “La iniciativa legislativa popular requiere 250.000 firmas.” Falso: requiere 500.000 firmas (art. 87.3).
3. Sobre la función pública
- “El artículo 23 establece los principios de igualdad, mérito y capacidad.” Falso: el artículo 23.2 establece la igualdad. Merito y capacidad están en el art. 103.3.
- “Los extranjeros no pueden acceder a la función pública en España.” Matizable: los ciudadanos de la UE pueden acceder a determinados puestos, excluidos aquellos que impliquen ejercicio de autoridad.
4. Sobre la protección
- “El artículo 23 puede protegerse mediante recurso de amparo.” Verdadero: al estar en la Sección 1a (arts. 15-29), goza de la máxima protección.
Relación con otros artículos
| Artículo 23 | Artículos relacionados |
|---|---|
| Participación directa | Art. 87.3 (ILP), art. 92 (referéndum), art. 125 (jurado) |
| Participación representativa | Art. 68 (Congreso), art. 69 (Senado) |
| Sufragio de extranjeros | Art. 13.2 (reciprocidad en municipales) |
| Función pública | Art. 103.3 (mérito y capacidad) |
| Igualdad | Art. 14 (igualdad ante la ley) |
| Partidos políticos | Art. 6 (instrumento fundamental de participación) |
En resumen
El artículo 23 de la Constitución Española reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos (directamente o por representantes elegidos por sufragio universal) y el derecho a acceder a funciones y cargos públicos en condiciones de igualdad. Es un derecho fundamental de la Sección 1a, protegido por recurso de amparo. Para el examen, recuerda que habla de “ciudadanos” (no de “todos”), que la igualdad está en el 23.2 pero el mérito y la capacidad en el 103.3, y que el sufragio activo es votar y el pasivo es ser elegido.
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Preguntas tipo test: Artículo 23
Estas preguntas son similares a las que aparecen en exámenes de oposiciones.
1. El artículo 23.2 establece que los ciudadanos tienen derecho a acceder a funciones y cargos públicos:
a) En condiciones de igualdad, mérito y capacidad b) En condiciones de igualdad, con los requisitos que señalen las leyes c) Libremente, sin requisito alguno d) Mediante oposición exclusivamente
Respuesta correcta: b) — El artículo 23.2 habla de “condiciones de igualdad” y remite a “los requisitos que señalen las leyes”. Los principios de mérito y capacidad están en el artículo 103.3, no en el 23.
2. El sufragio activo es:
a) El derecho a ser elegido como representante b) El derecho a votar en elecciones c) El derecho a presentar candidaturas d) El derecho a participar en referéndums exclusivamente
Respuesta correcta: b) — El sufragio activo es el derecho a votar. El derecho a ser elegido es el sufragio pasivo. Es una de las confusiones más frecuentes en exámenes.
3. La iniciativa legislativa popular requiere, según el artículo 87.3 de la Constitución:
a) 100.000 firmas acreditadas b) 250.000 firmas acreditadas c) 500.000 firmas acreditadas d) 1.000.000 de firmas acreditadas
Respuesta correcta: c) — El artículo 87.3 exige no menos de 500.000 firmas acreditadas. Las cifras alternativas son trampas habituales en los exámenes.
4. El artículo 23 se refiere al derecho de participación de:
a) Todos los residentes en España b) Todas las personas c) Los ciudadanos d) Los españoles mayores de edad
Respuesta correcta: c) — El artículo 23 habla de “ciudadanos”, vinculando la participación política a la ciudadanía española. Los extranjeros solo pueden votar en elecciones municipales bajo condiciones de reciprocidad (art. 13.2).
5. ¿Qué nivel de protección tiene el artículo 23?
a) Es un principio rector del Capítulo III, sin recurso de amparo b) Es un derecho de la Sección 2.a, con reserva de ley ordinaria c) Es un derecho fundamental de la Sección 1.a, con recurso de amparo d) Es un derecho del Título Preliminar, con protección reforzada
Respuesta correcta: c) — El artículo 23 está en la Sección 1.a del Capítulo II del Título I (arts. 15-29), por lo que goza de la máxima protección: recurso de amparo, tutela judicial preferente y sumaria, y reserva de ley orgánica.
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