Artículo 68. El Congreso de los Diputados
Constitución Española de 1978
Título III: De las Cortes GeneralesEl Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados , elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que establezca la ley.
La circunscripción electoral es la provincia . Las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima inicial a cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población .
La elección se verificará en cada circunscripción atendiendo a criterios de representación proporcional .
El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara.
Son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos. La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.
Las elecciones tendrán lugar entre los treinta días y sesenta días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones.
Preguntas frecuentes
La Constitución establece un mínimo de 300 y un máximo de 400. Actualmente, la LOREG fija el número en 350 Diputados (art. 68.1 CE).
La provincia. Ceuta y Melilla están representadas cada una por un Diputado. El resto se distribuye con un mínimo por provincia y el sobrante en proporción a la población (art. 68.2 CE).