La CE en oposiciones de Educación
En resumen: En oposiciones de Educación, el artículo 27 (derecho a la educación, 10 apartados) es el más importante. También los artículos 1, 14 (igualdad), 20 (libertad de catedra) y 148-149 (competencias educativas). La CE tiene menor peso que en otras oposiciones, pero un buen dominio marca diferencia.
Las oposiciones de Educación —maestros de Primaria y profesores de Secundaria— son las convocatorias con mayor volumen de plazas del empleo público en España. Cada proceso selectivo moviliza a decenas de miles de aspirantes que compiten por una plaza estable en el sistema educativo. Y aunque el peso de la Constitución en estas oposiciones es diferente al de otras convocatorias, su conocimiento resulta fundamental tanto para el examen como para el ejercicio profesional.
En esta guía analizamos cómo aparece la Constitución en las oposiciones de maestros y profesores, qué artículos debes dominar, cómo varía el enfoque según el cuerpo al que te presentes y qué estrategia de estudio seguir para maximizar tu rendimiento.
Cómo son las oposiciones de Educación
Estructura del proceso selectivo
Las oposiciones de Educación siguen un modelo de concurso-oposición con varias fases:
-
Fase de oposición:
- Prueba 1: Desarrollo de un tema del temario (parte A) y prueba práctica (parte B)
- Prueba 2: Presentación y defensa de una programación didáctica y exposición oral de una unidad didáctica
-
Fase de concurso: Valoración de méritos (experiencia docente, formación, titulaciones)
La Constitución no aparece como un tema independiente del temario en la mayoría de especialidades de maestros o profesores. Sin embargo, su presencia es transversal y aparece de varias formas.
Dónde aparece la Constitución
En el temario de maestros y profesores
Dependiendo de la comunidad autónoma, el temario puede incluir temas como:
- “El sistema educativo en la Constitución Española”
- “La educación como derecho fundamental”
- “La ordenación del sistema educativo: la Constitución y las leyes orgánicas de educación”
- “Principios constitucionales del sistema educativo español”
En el cuerpo de maestros (Primaria), el temario de 25 temas suele dedicar el Tema 1 al marco normativo del sistema educativo, que comienza con la Constitución.
En el cuerpo de profesores de Secundaria, el enfoque varía por especialidad, pero el marco legal educativo (que parte de la Constitución) aparece en prácticamente todos los temarios.
En la programación didáctica
Tu programación didáctica debe incluir un marco legal que cite la Constitución como norma suprema del sistema educativo. Los artículos 27 y 149.1.30a son referencias obligadas.
En la defensa oral
Durante la exposición de tu programación o unidad didáctica, demostrar conocimiento del marco constitucional refuerza tu argumentación y evidencia rigor profesional.
El artículo 27: el artículo educativo por excelencia
El artículo 27 de la Constitución es el más extenso del texto constitucional y el más importante para cualquier opositor de Educación. Contiene 10 apartados que definen el marco constitucional de la educación:
Contenido del artículo 27
- Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
- La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
- Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
- La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
- Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.
- Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
- Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.
- Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
- Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca.
- Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.
Lo que debes memorizar
En el examen: El artículo 27 es materia obligada. Los puntos más preguntados son:
- Apartado 1: El derecho a la educación Y la libertad de enseñanza coexisten en el mismo artículo. Son dos derechos distintos que a veces entran en tensión.
- Apartado 2: El objeto de la educación (pleno desarrollo de la personalidad). Esta formulación se repite en las leyes educativas (LOE, LOMLOE).
- Apartado 4: La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. Ambos adjetivos son esenciales.
- Apartado 6: La libertad de creación de centros. Fundamento de la enseñanza privada y concertada.
- Apartado 7: La participación en el control y gestión. Base de los consejos escolares.
- Apartado 10: La autonomía universitaria.
Truco de memoria: El artículo 27 se puede resumir en cuatro ejes: derecho a la educación (1-2), libertad educativa (3, 6), intervención pública (4-5, 7-9) y universidad (10).
Nivel de protección del artículo 27
El derecho a la educación del artículo 27 se encuentra en la Sección 1a del Capítulo II del Título I, lo que le otorga la máxima protección constitucional:
- Desarrollo mediante ley orgánica (artículo 81)
- Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (artículo 53.2)
- Procedimiento preferente y sumario ante los tribunales ordinarios (artículo 53.2)
- Vincula a todos los poderes públicos
En el examen: Si te preguntan qué tipo de protección tiene el derecho a la educación, la respuesta es la máxima: reserva de ley orgánica + recurso de amparo + procedimiento preferente y sumario. No confundas esto con los principios rectores del Capítulo III (artículos 39-52), que tienen una protección inferior.
Otros artículos constitucionales clave para Educación
Título Preliminar
- Artículo 1.1: España como Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores: libertad, justicia, igualdad, pluralismo político.
- Artículo 3: El castellano como lengua oficial del Estado. Las demás lenguas son también oficiales en las respectivas CCAA. Especialmente relevante para oposiciones en comunidades bilingües, donde la lengua vehicular en la enseñanza es tema candente.
- Artículo 9.2: Los poderes públicos promoverán las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas. Base de las políticas de equidad educativa.
Derechos fundamentales vinculados a la educación
- Artículo 14: Igualdad ante la ley. Fundamento del principio de no discriminación en el acceso a la educación.
- Artículo 16: Libertad ideológica y religiosa. Conecta con el artículo 27.3 (formación religiosa y moral según las convicciones de los padres).
- Artículo 20: Libertad de expresión y de cátedra. La libertad de cátedra del artículo 20.1.c) es un derecho fundamental del profesorado.
- Artículo 23.2: Acceso a funciones y cargos públicos en condiciones de igualdad, conforme a los principios de mérito y capacidad. Fundamento constitucional de las oposiciones de Educación.
- Artículo 27: El artículo educativo central (desarrollado arriba).
En el examen: La libertad de cátedra (artículo 20.1.c) es un derecho fundamental del profesorado que merece especial atención. Se encuentra en el artículo 20, no en el 27. No los confundas.
Distribución competencial en educación
- Artículo 148.1.17a: Las CCAA podrán asumir competencias en el fomento de la cultura, la investigación y, en su caso, la enseñanza de la lengua de la comunidad autónoma.
- Artículo 149.1.30a: Competencia exclusiva del Estado en la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En el examen: El artículo 149.1.30a es fundamental. Establece que el Estado tiene competencia en las normas básicas del desarrollo del artículo 27 y en la regulación de los títulos. Esto explica por qué existe una legislación educativa estatal (LOE, LOMLOE) que todas las comunidades autónomas deben respetar, aunque cada una pueda desarrollar su propio currículo dentro de ese marco.
Principios rectores relacionados
- Artículo 39: Protección de la familia y la infancia.
- Artículo 44: Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura.
- Artículo 48: Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.
- Artículo 49: Atención a las personas con discapacidad. Fundamento constitucional de la educación inclusiva.
Organización del Estado
- Artículo 103: Principios de la Administración Pública (eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración, coordinación).
- Artículo 137: Organización territorial en municipios, provincias y CCAA.
Reforma constitucional
- Artículo 167: Reforma ordinaria.
- Artículo 168: Reforma agravada. Dado que el artículo 27 pertenece a la Sección 1a del Capítulo II del Título I, cualquier modificación del derecho a la educación requeriría el procedimiento agravado del artículo 168.
Estrategia de estudio para oposiciones de Educación
1. Domina el artículo 27 como si fuera un tema propio
El artículo 27 es el pilar de tu preparación constitucional. No basta con leerlo: necesitas memorizarlo apartado por apartado y entender las implicaciones de cada uno. Práctica escribiéndolo de memoria y comprobando después.
2. Conecta la Constitución con la legislación educativa
En las oposiciones de Educación, la Constitución no se pregunta de forma aislada. Se conecta con:
- LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de modificación de la LOE): la ley educativa vigente
- LOE (Ley Orgánica 2/2006): marco base que la LOMLOE modifica
- Decretos de currículo: normativa autonómica que desarrolla los contenidos
- Estatutos de Autonomía: que recogen las competencias educativas de cada comunidad
Tu tema 1 (o equivalente) debe articular una cadena normativa que comience en la Constitución, pase por la LOMLOE y termine en la normativa autonómica y curricular.
3. Integra la Constitución en tu programación didáctica
Tu programación debe incluir un apartado de marco legal que cite:
- Artículo 27 CE (derecho a la educación)
- Artículo 149.1.30a CE (competencias estatales en educación)
- La LOMLOE y la LOE
- El decreto de currículo de tu comunidad autónoma
- La normativa específica de tu etapa y especialidad
Este marco legal no solo es un requisito formal: demuestra al tribunal que comprendes el fundamento jurídico de tu labor docente.
4. Prepara argumentos constitucionales para la defensa oral
Durante la exposición de tu programación o unidad didáctica, puedes hacer referencias constitucionales que enriquezcan tu discurso:
- Al hablar de atención a la diversidad: cita el artículo 27.1 (derecho de todos a la educación) y el artículo 49 (atención a personas con discapacidad)
- Al hablar de participación: cita el artículo 27.7 (participación en el control y gestión de centros)
- Al hablar de valores: cita el artículo 27.2 (pleno desarrollo de la personalidad en respeto a los principios democráticos)
- Al hablar de libertad de cátedra: cita el artículo 20.1.c)
5. No descuides el Título Preliminar y los derechos fundamentales
Aunque el artículo 27 sea tu prioridad, necesitas una base sólida en el Título Preliminar y en los derechos fundamentales más relevantes. Dedica al menos dos sesiones de estudio a este contenido. Consulta nuestra guía sobre los artículos más preguntados en oposiciones para orientar tu repaso. Usa la calculadora de sueldo para conocer las retribuciones de maestros y profesores, y el comparador de sueldos por CCAA para ver las diferencias entre comunidades.
Errores frecuentes en oposiciones de Educación
Confundir el derecho a la educación con la libertad de enseñanza
Ambos están en el artículo 27, pero son derechos distintos:
- Derecho a la educación (27.1, primera parte): derecho prestacional. Los poderes públicos deben garantizar el acceso de todos a la educación.
- Libertad de enseñanza (27.1, segunda parte): derecho de libertad. Incluye la libertad de creación de centros (27.6) y la libertad de cátedra (artículo 20.1.c).
El Tribunal Constitucional ha interpretado estos dos derechos como complementarios pero en ocasiones en tensión. Conocer esta distinción demuestra madurez jurídica.
Ubicar mal la libertad de cátedra
La libertad de cátedra no está en el artículo 27. Está en el artículo 20.1.c), dentro del derecho a la libertad de expresión y de información. Este es uno de los errores más frecuentes en opositores de Educación.
No distinguir enseñanza básica de enseñanza obligatoria
El artículo 27.4 dice que “la enseñanza básica es obligatoria y gratuita”. No dice “la enseñanza obligatoria es básica”. La Constitución establece el concepto de enseñanza básica y le atribuye dos características: obligatoriedad y gratuidad. Corresponde al legislador (actualmente la LOMLOE) determinar qué comprende la enseñanza básica (actualmente: Primaria + ESO, de 6 a 16 años).
Olvidar el artículo 149.1.30a en el marco legal
Muchos opositores citan el artículo 27 en su programación pero olvidan el artículo 149.1.30a, que es el que explica por qué existe una legislación educativa estatal que las CCAA deben respetar. Sin este artículo, la cadena normativa de tu marco legal queda incompleta.
No conectar los valores constitucionales con la práctica docente
La Constitución no es solo un requisito formal del temario. El artículo 27.2 establece que la educación tiene como objeto el pleno desarrollo de la personalidad “en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. Esto conecta directamente con la educación en valores, la convivencia escolar y la ciudadanía democrática, temas transversales que el tribunal valora especialmente.
La Constitución en diferentes especialidades
Maestros de Primaria
El tema 1 del temario de maestros suele abordar directamente el marco normativo del sistema educativo. La Constitución es el punto de partida. Además, los temas sobre organización escolar y participación de la comunidad educativa conectan con los artículos 27.5, 27.7 y 27.8.
Profesores de Secundaria (especialidades no jurídicas)
En especialidades como Matemáticas, Lengua, Ciencias, Idiomas, etc., la Constitución aparece de forma más tangencial, pero sigue siendo necesaria para:
- El marco legal de la programación didáctica
- La justificación de competencias clave (competencia ciudadana)
- La atención a la diversidad (fundamentada en el artículo 27.1 y el 49)
Profesores de Secundaria (especialidades jurídicas y sociales)
En especialidades como Formación y Orientación Laboral (FOL), Economía o Geografía e Historia, la Constitución tiene un peso mucho mayor, ya que forma parte del contenido curricular que se imparte al alumnado.
Orientadores educativos
Los orientadores necesitan un conocimiento especialmente sólido de los artículos constitucionales relacionados con la atención a la diversidad, la igualdad y la inclusión educativa.
Planificación del estudio constitucional para Educación
Fase 1: Dominio del artículo 27 (1 semana)
- Lee el artículo 27 completo varias veces
- Memoriza los 10 apartados
- Conecta cada apartado con la legislación educativa vigente
- Haz esquemas y fichas de repaso
Fase 2: Título Preliminar y derechos fundamentales (1 semana)
- Estudia los artículos 1-9 (Título Preliminar)
- Profundiza en los artículos 14, 16, 20 y 23
- Estudia la distribución competencial (artículos 148 y 149)
Fase 3: Integración en tu programación y tema (1 semana)
- Redacta el marco legal de tu programación didáctica
- Prepara argumentos constitucionales para la defensa oral
- Conecta la Constitución con tu tema del temario correspondiente
Fase 4: Repaso continuo
- Incluye la Constitución en tus repasos semanales
- Escucha podcasts sobre los artículos clave mientras te desplazas
- Práctica exposiciones orales incluyendo referencias constitucionales
Para una planificación más detallada, consulta nuestro plan de estudio para la Constitución. Calcula cuanto tiempo necesitas con la calculadora de tiempo de preparación.
Recursos complementarios
- Resumen de los títulos de la Constitución Española: visión panorámica para contextualizar el artículo 27
- Derechos fundamentales de la Constitución: análisis detallado del sistema de protección de derechos
- Cómo estudiar la Constitución para oposiciones: metodología general aplicable a Educación
- La ciencia del aprendizaje auditivo en oposiciones: por qué escuchar la Constitución refuerza tu memoria
Prepara la Constitución con Red Opositor
La Constitución es mucho más que un requisito del temario en las oposiciones de Educación. Es el fundamento de tu labor docente, el marco que define los derechos de tus futuros alumnos y las reglas del sistema educativo en el que vas a trabajar. Dominarla te da ventaja en el examen y solidez en tu práctica profesional.
Consulta nuestra guía para oposiciones de Educación y prepárate con el podcast en audio, los tests online y las flashcards de Red Opositor. Cada episodio está diseñado para que interiorices los artículos clave de forma natural y llegues al tribunal con la seguridad de quien domina su materia.
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