TREBEP 2026: resumen completo para oposiciones (100 artículos explicados)
En resumen: Resumen del TREBEP (RDL 5/2015) actualizado 2026: clases de personal, situaciones administrativas, prescripción de faltas vs sanciones, 10 artículos más preguntados y 7 errores frecuentes en test.
El TREBEP (Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) es la norma que regula los derechos, deberes y condiciones de trabajo de todos los empleados públicos en España. Es pieza clave del temario de oposiciones a cualquier administración.
Qué regula el TREBEP
El TREBEP establece las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos y las normas aplicables al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas. Regula:
- Las clases de personal al servicio de las Administraciones.
- El acceso al empleo público (principios de igualdad, mérito y capacidad).
- Los derechos y deberes de los empleados públicos.
- Las situaciones administrativas de los funcionarios.
- El régimen disciplinario.
- La carrera profesional y la evaluación del desempeño.
Estructura del TREBEP
| Título | Artículos | Contenido |
|---|---|---|
| I | 1-7 | Objeto y ámbito de aplicación |
| II | 8-13 | Clases de personal al servicio de las Administraciones |
| III | 14-51 | Derechos y deberes: retribuciones, jornada, permisos, código de conducta |
| IV | 52-54 | Derecho a la negociación colectiva y representación |
| V | 55-62 | Acceso al empleo público: sistemas selectivos |
| VI | 63-68 | Carrera profesional y evaluación del desempeño |
| VII | 69-72 | Ordenación de la actividad profesional: planificación y estructuración |
| VIII | 85-100 | Situaciones administrativas y régimen disciplinario |
Clases de personal (arts. 8-13)
Funcionarios de carrera (art. 9)
Vinculados a la Administración por una relación estatutaria de Derecho público. Ocupan puestos clasificados en los subgrupos A1, A2, B, C1 y C2 en función de la titulación exigida.
Funcionarios interinos (art. 10)
Nombrados por razones de necesidad y urgencia para:
- Plazas vacantes (mientras no se cubran por funcionarios de carrera).
- Sustitución transitoria del titular.
- Ejecución de programas temporales (máximo 3 años, ampliable 12 meses más).
- Exceso o acumulación de tareas (máximo 9 meses dentro de un período de 18).
Personal laboral (art. 11)
Vinculados por contrato de trabajo. Pueden ser fijos, por tiempo indefinido o temporales.
Personal eventual (art. 12)
Realiza funciones de confianza o asesoramiento especial. Su nombramiento y cese son libres. Cesa automáticamente cuando cesa la autoridad que lo nombró.
Personal directivo profesional (art. 13)
Desarrolla funciones directivas profesionales. Su designación atiende a principios de mérito y capacidad, y su evaluación se basa en criterios de eficacia y eficiencia.
Grupos de clasificación profesional (art. 76)
| Grupo/Subgrupo | Titulación exigida |
|---|---|
| A1 | Título universitario de Grado (o equivalente) |
| A2 | Título universitario de Grado (o equivalente) |
| B | Título de Técnico Superior (FP) |
| C1 | Título de Bachiller o Técnico (FP) |
| C2 | Título de ESO |
La diferencia entre A1 y A2 depende de la clasificación del cuerpo, no solo de la titulación.
Acceso al empleo público (arts. 55-62)
Principios constitucionales
El acceso se rige por los principios de igualdad, mérito y capacidad (art. 103.3 CE). Además, el TREBEP añade: publicidad de las convocatorias, transparencia, imparcialidad de los órganos de selección, independencia de los tribunales, agilidad y eficacia.
Sistemas selectivos (art. 61)
- Oposición: pruebas para determinar la capacidad y aptitud del aspirante.
- Concurso-oposición: valoración de méritos combinada con pruebas.
- Concurso: valoración exclusiva de méritos (carácter excepcional).
Los órganos de selección no pueden estar compuestos mayoritariamente por funcionarios de cuerpos o escalas del mismo cuerpo que se convoque. No pueden formar parte: personal de elección o designación política, funcionarios interinos ni personal eventual.
Requisitos generales de acceso (art. 56)
- Nacionalidad española (con excepciones para ciudadanos UE).
- Capacidad funcional.
- Edad mínima de 16 años y no exceder la edad de jubilación forzosa.
- Titulación exigida.
- No haber sido separado del servicio ni inhabilitado.
Derechos de los empleados públicos
Derechos individuales (art. 14)
Derecho a la inamovilidad (solo funcionarios de carrera), desempeño efectivo de funciones, progresión en la carrera profesional, retribuciones, vacaciones (mínimo 22 días hábiles por año), permisos y licencias, formación continua, respeto a la intimidad, libertad de expresión, no discriminación, protección frente al acoso, y conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Retribuciones de los funcionarios (arts. 21-24)
- Básicas: sueldo (según subgrupo) + trienios (cada 3 años de servicio) + pagas extraordinarias.
- Complementarias: complemento de destino, complemento específico, complemento de productividad y gratificaciones (reguladas por cada Administración).
Permisos destacados (arts. 48-49)
| Permiso | Duración |
|---|---|
| Nacimiento hijo (progenitor gestante) | 16 semanas |
| Nacimiento hijo (otro progenitor) | 16 semanas |
| Fallecimiento familiar 1.er grado | 3-5 días hábiles |
| Traslado de domicilio | 1 día |
| Exámenes finales | Día de celebración |
| Asuntos particulares | 6 días por año |
Deberes y código de conducta (arts. 52-54)
Principios éticos (art. 53)
Los empleados públicos deben actuar con: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad.
Principios de conducta (art. 54)
Tratar con atención y respeto a los ciudadanos, desempeñar diligentemente las tareas, obedecer instrucciones profesionales de los superiores (salvo que sean contrarias al ordenamiento jurídico), informar a los ciudadanos sobre las materias que tengan derecho a conocer, y guardar secreto profesional.
Situaciones administrativas (arts. 85-92)
| Situación | Descripción clave |
|---|---|
| Servicio activo | Desempeña puesto en su Administración |
| Servicios especiales | Cargo público, internacional, constitucional. Se reserva el puesto de origen |
| Servicio en otras AA.PP. | Destinado en otra Administración por transferencia o concurso |
| Excedencia voluntaria | Por interés particular (mín. 2 años), por agrupación familiar, por cuidado de familiares (hasta 3 años hijo, 2 años familiar) o por violencia de género |
| Suspensión de funciones | Provisional (cautelar, máx. 6 meses) o firme (por sanción) |
Régimen disciplinario (arts. 93-98)
Clasificación de faltas
- Muy graves (art. 95.2): incumplimiento del deber de fidelidad constitucional, abandono del servicio, discriminación, acoso, publicación de secretos oficiales, negligencia grave en custodia de documentos, notorio incumplimiento de funciones, desobediencia abierta, prevalimiento de la condición de empleado público.
- Graves y leves: reguladas por cada Administración en desarrollo del TREBEP.
Sanciones
- Separación del servicio (solo para faltas muy graves de funcionarios de carrera).
- Despido disciplinario (para personal laboral).
- Suspensión firme de funciones.
- Traslado forzoso.
- Demérito.
- Apercibimiento.
Prescripción de faltas
- Muy graves: 3 años.
- Graves: 2 años.
- Leves: 6 meses.
Prescripción de sanciones (no confundir con faltas)
Uno de los errores más frecuentes en examen es confundir la prescripción de las faltas con la prescripción de las sanciones. El TREBEP regula ambas por separado:
| Concepto | Plazo |
|---|---|
| Falta muy grave | 3 años |
| Falta grave | 2 años |
| Falta leve | 6 meses |
| Sanción: separación del servicio | 6 años |
| Sanción: suspensión firme | 2 años |
| Sanción: apercibimiento | 6 meses |
La prescripción de la falta se cuenta desde que se cometió; la de la sanción, desde la firmeza de la resolución sancionadora. Memoriza ambas tablas por separado.
Incompatibilidades de los empleados públicos
El TREBEP se conecta con la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Los puntos clave que aparecen en examen:
- El desempeño de un puesto en el sector público es incompatible con un segundo puesto en el sector público, salvo excepciones tasadas (docencia universitaria, sanitarios en régimen especial).
- La actividad privada requiere autorización de compatibilidad y no puede estar relacionada con los asuntos que conozca el funcionario por razón de su cargo.
- Los miembros de órganos de selección no pueden pertenecer al mismo cuerpo o escala convocado ni tener relación con los aspirantes.
- El personal eventual y los funcionarios interinos están igualmente sujetos al régimen de incompatibilidades.
Negociación colectiva y representación (arts. 31-46)
Otra sección que aparece con frecuencia en oposiciones de grupo A2 y C1:
Mesas de negociación
- Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas: negocia materias que afectan a todas las Administraciones.
- Mesa General de Negociación de cada Administración: negocia condiciones de trabajo comunes a funcionarios y laborales.
- Mesas sectoriales: para ámbitos específicos (sanidad, educación, justicia).
Materias negociables (art. 37)
- Retribuciones complementarias.
- Planes de empleo y oferta de empleo público.
- Clasificación de puestos de trabajo.
- Jornada, horarios, permisos y vacaciones.
- Planes de formación.
- Acción social y fondos de pensiones.
- Criterios generales sobre promoción interna y carrera profesional.
Materias excluidas de negociación
- Decisiones que afecten al poder de organización de la Administración.
- Regulación del ejercicio de derechos de los ciudadanos frente a los funcionarios.
- Procedimiento de formación de actos y disposiciones administrativas.
Artículos del TREBEP más preguntados en examen
Si tu tiempo de estudio es limitado, prioriza estos artículos:
| Artículo | Contenido | Por qué se pregunta |
|---|---|---|
| Art. 8 | Concepto y clases de empleados públicos | Base de toda la ley, define las 4 clases + directivo |
| Art. 9 | Funcionarios de carrera | Distinción con interinos y laborales |
| Art. 10 | Funcionarios interinos (causas y plazos) | Plazos de 3 años + 12 meses y 9 meses de 18 |
| Art. 14 | Derechos individuales | Lista larga, preguntan omisiones o inclusiones falsas |
| Art. 48 | Permisos de los funcionarios | Plazos concretos (16 semanas, 3-5 días, etc.) |
| Art. 56 | Requisitos generales de acceso | Edad, nacionalidad, titulación |
| Art. 61 | Sistemas selectivos | Oposición, concurso-oposición, concurso |
| Art. 76 | Grupos de clasificación | Tabla A1-A2-B-C1-C2 con titulaciones |
| Art. 85 | Situaciones administrativas | Las 5 situaciones y sus efectos |
| Art. 95 | Faltas muy graves | Lista tasada de 9 supuestos |
Errores frecuentes en test sobre el TREBEP
Los tribunales diseñan las preguntas para explotar confusiones habituales. Estos son los errores que más se repiten:
- Confundir plazos de interinos: programas temporales son 3 años + 12 meses; exceso o acumulación de tareas son 9 meses dentro de 18. No mezclarlos.
- Creer que el personal eventual tiene derecho a carrera profesional: no lo tiene. Solo los funcionarios de carrera tienen derecho a la carrera administrativa completa.
- Mezclar prescripción de faltas y sanciones: las faltas muy graves prescriben a los 3 años, pero la sanción de separación del servicio prescribe a los 6 años.
- Olvidar que los sábados son inhábiles a efectos de plazos administrativos tras la reforma de la Ley 39/2015 (que afecta al cómputo de plazos en procedimientos disciplinarios del TREBEP).
- Confundir excedencia voluntaria por interés particular (mínimo 2 años de servicio efectivo) con excedencia por cuidado de familiares (no exige antigüedad mínima).
- Asumir que el concurso es un sistema selectivo ordinario: el art. 61 establece que el concurso tiene carácter excepcional y debe regularse por ley.
- No distinguir entre negociación y consulta: las materias del art. 37 son negociables; las del art. 38 requieren solo consulta o informe.
Cuadro comparativo: TREBEP vs. Constitución
Para las oposiciones donde coinciden ambos temas, conviene dominar la conexión entre la norma constitucional y su desarrollo en el TREBEP:
| Constitución Española | Desarrollo en el TREBEP |
|---|---|
| Art. 23.2 CE: acceso a funciones públicas en condiciones de igualdad | Arts. 55-62: principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso |
| Art. 28.1 CE: derecho de sindicación | Arts. 31-46: negociación colectiva y representación |
| Art. 28.2 CE: derecho de huelga | Art. 15 TREBEP: derechos individuales ejercidos colectivamente |
| Art. 103.1 CE: principios de eficacia | Art. 1 TREBEP: objeto de la ley, servicio a los ciudadanos |
| Art. 103.3 CE: acceso según mérito y capacidad | Art. 55.1: fundamentos de actuación de los procesos selectivos |
| Art. 149.1.18.a CE: bases del régimen estatutario | Art. 2.1: normas aplicables al personal de todas las AA.PP. |
Cómo estudiar el TREBEP para oposiciones
- Empieza por las clases de personal (art. 8-13): es lo más preguntado. Memoriza las diferencias entre funcionario de carrera, interino, laboral y eventual.
- Domina los grupos de clasificación: la tabla A1-A2-B-C1-C2 con sus titulaciones.
- Memoriza los plazos de prescripción y las situaciones administrativas. Usa una tabla con repetición espaciada para fijar las cifras.
- Estudia los principios de acceso: igualdad, mérito y capacidad; y los tres sistemas selectivos.
- Conecta con la Constitución: el art. 23.2 CE (acceso a funciones públicas en condiciones de igualdad) y el art. 103.3 CE (acceso según mérito y capacidad) son la base constitucional del TREBEP.
- Haz tests específicos: los errores en preguntas de TREBEP suelen estar en matices de plazos, porcentajes y excepciones.
- Distingue lo que regula el TREBEP de lo que regula cada Administración: las faltas graves y leves, por ejemplo, no están en el TREBEP, sino en la normativa de desarrollo de cada Administración.
- Organiza tu semana con un horario de estudio estructurado: alterna bloques de TREBEP con Constitución y Ley 39/2015 para evitar la fatiga de una sola norma.
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Cómo lo preguntan en el examen: ejemplos reales
Pregunta sobre clases de personal
“Según el artículo 8 del TREBEP, los empleados públicos se clasifican en…”
- a) Funcionarios de carrera, funcionarios interinos y personal laboral — FALSO (falta el personal eventual)
- b) Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual — CORRECTO
- c) Funcionarios de carrera, personal laboral y personal directivo — FALSO
- d) Funcionarios y personal laboral — FALSO
Clave: son 4 clases (art. 8). El personal directivo profesional (art. 13) no es una clase más, sino una categoría transversal.
Pregunta sobre prescripción
“Las faltas muy graves de los funcionarios prescriben a los…”
- a) 6 meses — FALSO (son las leves)
- b) 2 años — FALSO (son las graves)
- c) 3 años — CORRECTO
- d) 6 años — FALSO (es la sanción de separación del servicio)
Pregunta sobre excedencias
“La excedencia voluntaria por cuidado de hijos tiene una duración máxima de…”
- a) 2 años — FALSO (es para cuidado de familiar)
- b) 3 años — CORRECTO
- c) 5 años — FALSO
Pregunta sobre interinos
“Los funcionarios interinos por ejecución de programas temporales tienen un plazo máximo de…”
- a) 9 meses — FALSO (es exceso de tareas dentro de 18 meses)
- b) 12 meses — FALSO
- c) 3 años, ampliable 12 meses más — CORRECTO
TREBEP y retribuciones: lo que preguntan en examen
Las retribuciones son uno de los bloques más preguntados. Esta tabla resume los conceptos clave:
| Concepto retributivo | Tipo | Quién lo percibe | Regulado en |
|---|---|---|---|
| Sueldo | Básica | Todos según subgrupo | Art. 22 |
| Trienios | Básica | Todos por cada 3 años de servicio | Art. 23 |
| Pagas extraordinarias | Básica | Todos (junio y diciembre) | Art. 22 |
| Complemento de destino | Complementaria | Según nivel del puesto | Art. 24 |
| Complemento específico | Complementaria | Según características del puesto | Art. 24 |
| Complemento de productividad | Complementaria | Según rendimiento | Art. 24 |
| Gratificaciones | Complementaria | Por servicios extraordinarios | Art. 24 |
Trampa frecuente: los trienios son retribuciones básicas, no complementarias. Muchos opositores los confunden. Para ver cifras concretas de cuánto cobra un funcionario según su grupo, consulta la tabla salarial de funcionarios 2026 por grupo.
En qué oposiciones entra el TREBEP
| Oposición | Peso del TREBEP | Artículos prioritarios |
|---|---|---|
| Auxiliar Administrativo AGE (C2) | Alto | Arts. 8-13, 76, 85-92 |
| Administrativo del Estado (C1) | Muy alto | Todo el TREBEP, con énfasis en régimen disciplinario |
| Gestión de la AGE (A2) | Muy alto | Incluye negociación colectiva y carrera profesional |
| Tramitación Procesal (C1) | Medio | Clases de personal y situaciones administrativas |
| Policía Nacional / Guardia Civil | Medio | Régimen disciplinario y situaciones administrativas |
| Instituciones Penitenciarias (C1) | Medio-alto | Derechos, deberes y régimen disciplinario |
| Oposiciones CCAA | Variable | Depende de la comunidad, pero las bases son comunes |
Para consultar qué oposiciones ofrecen más plazas, revisa las oposiciones más demandadas en España 2026 y el calendario de oposiciones 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas preguntas del TREBEP caen en un examen de Auxiliar Administrativo? Entre 3 y 8 preguntas directas sobre el TREBEP, dependiendo de la convocatoria. Los temas más frecuentes son clases de personal, grupos de clasificación y situaciones administrativas.
¿El TREBEP se aplica igual en todas las Administraciones? El TREBEP establece las bases, pero cada Administración (estatal, autonómica, local) desarrolla su propia normativa. Las faltas graves y leves, por ejemplo, no están tipificadas en el TREBEP sino en la normativa de cada Administración.
¿Qué relación tiene el TREBEP con la Constitución? El TREBEP desarrolla los artículos 23.2 CE (acceso a funciones públicas), 103.3 CE (acceso por mérito y capacidad) y 149.1.18.a CE (bases del régimen estatutario). Dominar la estructura de la Constitución te ayuda a conectar ambos temas.
¿Cuál es la diferencia clave entre TREBEP y Ley 39/2015? El TREBEP regula la relación del empleado público con la Administración (quién trabaja y en qué condiciones). La Ley 39/2015 regula la relación del ciudadano con la Administración (cómo se tramitan los procedimientos). No confundirlas: el TREBEP es “hacia dentro” y la 39/2015 es “hacia fuera”.
¿Puedo estudiar el TREBEP con audio? La parte constitucional que conecta con el TREBEP (arts. 23.2, 103.3, 149.1.18.a) puedes repasarla con el podcast de la Constitución. Para el TREBEP como norma, combina lectura de la ley con tests específicos y repetición espaciada.
El TREBEP es una ley extensa pero muy estructurada. Si dominas las clases de personal, los derechos retributivos, las situaciones administrativas y el régimen disciplinario, cubrirás la inmensa mayoría de preguntas de examen. Descarga la guía gratuita de artículos clave, practica con el simulacro de la Constitución y descarga los esquemas de la Constitución en PDF. Completa tu preparación con la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo y la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico, que junto al TREBEP forman el tríptico legislativo más preguntado en oposiciones de la AGE.
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