Artículo 31. Deber de contribuir y sistema tributario
Constitución Española de 1978
Título I: De los Derechos y Deberes FundamentalesTodos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
Solo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley .
Preguntas frecuentes
Capacidad económica, igualdad, progresividad y no confiscatoriedad (art. 31.1 CE).
Que la progresividad fiscal tiene un límite: los impuestos no pueden absorber una parte sustancial de la riqueza del contribuyente hasta el punto de anular la propiedad privada.