Artículo 84. Control parlamentario de la delegación
Constitución Española de 1978
Título III: De las Cortes GeneralesCuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal caso, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación .