Artículo 46. Patrimonio histórico, cultural y artístico
Constitución Española de 1978
Título I: De los Derechos y Deberes FundamentalesLos poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio .
Preguntas frecuentes
A los poderes públicos, con independencia del régimen jurídico y la titularidad de los bienes. La ley penal sanciona los atentados contra el patrimonio (art. 46 CE).