Artículo 51. Defensa de los consumidores
Constitución Española de 1978
Título I: De los Derechos y Deberes FundamentalesLos poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a estas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los términos que la ley establezca.
En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.
Preguntas frecuentes
La seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los consumidores y usuarios, mediante procedimientos eficaces (art. 51.1 CE).